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29/03/2024. 06:38:41

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ÓSCAR CASADO OLIVA, DIRECTOR JURÍDICO Y DE PRIVACIDAD DE TUENTI

«Es complicado que el Derecho y la tecnología caminen de la mano»

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"Nos relacionamos en Internet con los mismos parámetros que lo hacemos en la vida real" "Los usuarios de Tuenti no pueden ser localizados en buscadores" "Los usuarios españoles son los primeros en conectarse a redes sociales en Europa y los segundos en el mundo"

Las redes sociales plantean muchos problemas a nivel jurídico, y a ello nos referimos con la frecuencia que impone la actualidad. Pero esta vez es especial, porque hemos charlado con Óscar Casado, el nuevo Director jurídico y de privacidad de la red que triunfa entre los más jóvenes, Tuenti.

Oscar Casado Oliva

Usted es el nuevo responsable jurídico de Tuenti. ¿Cuál es el reto más grande que se encuentra? ¿Era el que se imaginaba desde fuera?

Tuenti es la página web con más tráfico de España (por delante de Google y Facebook, juntas) y una de las más grandes del mundo de aquellas que funcionan mediante el sistema de invitación. No en vano, los usuarios españoles son los primeros en conectarse a redes sociales en Europa y los segundos en el mundo.

La labor del departamento jurídico es, precisamente, garantizar en todo momento la adecuación de Tuenti no sólo a la normativa en materia de protección de datos y privacidad, sino también en todo lo concerniente al derecho al honor, intimidad e imagen, así como al respecto de los derechos de propiedad intelectual en relación a los millones de contenidos que cada día nuestros usuarios suben a Tuenti.

La anterior dirección legal de Tuenti hizo un excelente trabajo que ahora tenemos que continuar en lo que se refiere a los aspectos legales relacionados con nuestra plataforma.

En este sentido, el reto más importante es el de seguir posicionando a Tuenti como líder en la defensa de la privacidad en Internet y las redes sociales en España y la UE, desempeñando un papel clave en el diseño y desarrollo de la agenda de la CE en la que estén presentes y prevalezcan la cuestiones relacionadas con la privacidad así como el sometimiento de todos los actores del mercado a los dictados de la CE en esta materia, con independencia de su localización física (dentro o fuera de la UE), siempre que traten datos de ciudadanos comunitarios.

En el último año, Tuenti ha crecido exponencialmente en número usuarios (aproximadamente 10 millones en la actualidad), mejorado su plataforma y funcionalidades, y ampliando su oferta de valor añadido a los usuarios para satisfacer sus necesidades. De esta forma, al aumentar los servicios, aumentas las necesidades legales de la compañía.

El mejor ejemplo es "TU", el operador móvil virtual que ha creado Tuenti. Este es el nuevo reto, no sólo del departamento legal, sino de todos los que formamos Tuenti: ofrecer el mejor servicio de telefonía móvil del mercado a los usuarios de Tuenti.

Desde fuera, como Vd. dice, me imaginaba este reto como conocedor de las implicaciones jurídicas que puede tener una compañía como Tuenti, pero lo que más me ha impresionado es la altísima calidad y grado de cualificación de su equipo humano, formado por cerca de 200 profesionales de más de 18 nacionalidades, y su obsesión por la excelencia, lo que ha situado a Tuenti como una de las mejores y más innovadoras empresas tecnológicas de Europa y del mundo. Los resultados hablan por sí mismos.

¿Qué tareas tiene pendiente el Derecho español con las nuevas tecnologías?

El derecho nace para establecer un orden entre los hombres y hacer posible un régimen de convivencia. Por ello, el fin del derecho es proporcionar seguridad jurídica a la sociedad, dando respuesta eficaz y solución efectiva a los problemas y conflictos que surgen en la misma.

En general, es complicado que el Derecho y la tecnología caminen de la mano, y en el caso de las redes sociales parece lógico que el Derecho vaya varios escalones por detrás de este fenómeno social y máximo exponente de lo que los expertos llaman Web 2.0.

Ahora bien, en el caso de Internet y las nuevas tecnologías, pese a no existir una regulación específica de este sector, las diferentes leyes existentes son perfectamente adaptables a la nueva situación que existe en la Red, y permiten encontrar soluciones satisfactorias a los problemas que surgen dentro de la misma.

No debemos olvidar que, al final, nos relacionamos en Internet con los mismos parámetros que lo hacemos en la vida real, y ambos entornos, físico y digital, generan las mismas situaciones civiles y tipos penales que ya recogen las normas vigentes.

Por lo tanto, en mi opinión no es necesario crear una normativa ad hoc para el nuevo entorno digital en general, y para las redes sociales en particular. Tenemos ya un buen desarrollo legislativo y considero que los diferentes bienes jurídicos y derechos de las personas implicados en las redes sociales gozan de una protección y salvaguarda jurídica adecuada y suficiente.

Por lo tanto, el problema no es tanto de desarrollo normativo como de interpretación y aplicación. Por esta razón, todas las redes sociales estamos trabajando intensamente en el desarrollo de sistemas de autorregulación y directrices sobre este nuevo entorno de convivencia digital que garanticen la protección de los derechos de las personas sin obstaculizar el desarrollo de las nuevas tecnologías.

El perfil de un usuario medio de Tuenti es un adolescente familiarizado con las nuevas tecnologías, ¿concienciado con la privacidad?

Yo diría que, en general, no sólo concienciado, sino muy consciente y cada vez más preocupado de la importancia de la privacidad.

Traducido en cifras concretas, le puedo decir que el 98% de los usuarios de Tuenti tiene activado algún grado de protección de su privacidad y el 75% tiene activada una casilla para impedir que sus "amigos" o cualquier tercero puedan descargar sus fotografías.

La garantía de privacidad se encuentra en el ADN de Tuenti, desde su fundación. La clave del crecimiento y éxito de Tuenti se encuentra precisamente en la confianza y la seguridad. Se comparten relaciones personales auténticas entre grupos de amigos reales con un alto nivel de privacidad porque sólo se consigue acceder bajo invitación y porque ninguno de los datos ni contenidos existentes en Tuenti se indexa en motores de búsquedas.  Todo lo que ocurre en Tuenti, se queda en Tuenti.

Este mensaje de seguridad y confianza que transmite ha calado en nuestros  usuarios de tal manera que éstos son muy conscientes de la importancia de la privacidad y el respeto de la intimidad, honor e imagen de las personas. De esta manera, creo que podemos afirmar que nuestros usuarios son cada vez más diligentes y responsables en el uso de nuestra plataforma, y en la configuración de sus perfiles con el máximo nivel de privacidad.

La Agencia Española de Protección de Datos ha llamado la atención a Tuenti y a Facebook respecto a la quizá equívoca política de privacidad que llevan adelante. ¿Estamos ante una nueva realidad en la que los baremos anteriores ya no sirven, al ser la propia persona quien pone a disposición de todos sus datos?

Lo primero de todo, quisiera aclarar que Tuenti no ha recibido ninguna llamada de atención de la Agencia Española de Protección de Datos respecto de su política de privacidad. Antes al contrario, tenemos una muy buena relación con ellos y un diálogo permanente desde el inicio de nuestra actividad online, con consultas habituales entre ambas partes, con el objetivo de conseguir en todo momento la adecuación de Tuenti al marco normativo vigente. Fruto de esta excelente relación, Tuenti es la única red social que tiene un acuerdo con la Agencia Española de Protección de Datos para el borrado de usuarios menores de 14  años, así como de seguimiento de sus políticas de privacidad.

Por el contrario, otras redes sociales, como es el caso de Facebook, sí que han recibido críticas por sus políticas de privacidad, y el insuficiente nivel de protección que ofrecen a sus usuarios, incumpliendo la legislación comunitaria y nacional vigente, por el solo hecho de tener sus domicilios sociales fuera de la UE. Pero, bueno, este es otro debate, que ahora mismo se está librando en la Comisión Europea, y respecto del que, quien seguro saldrá ganando, son los ciudadanos comunitarios cuyos datos son procesados por estas empresas.

Dicho lo anterior, y respondiendo ya directamente a su pregunta, hay que partir de la premisa de que toda la información presente en una red social es propiedad del usuario, y como tal, el usuario tiene derecho a controlar la recogida, uso y revelación  de cualquier información sobre sí mismo.  En otras palabras, lo más importante es que los usuarios sepan en todo momento qué comparten y con quién. Es decir, que los usuarios tengan siempre el control sobre sus datos personales.

En este sentido, es cierto que las redes sociales han cambiado en parte la realidad de las relaciones entre los responsables del tratamiento de los datos y los interesados o titulares de los mismos, motivo por el cual nos encontramos ahora mismo en pleno proceso de revisión de la legislación comunitaria de protección de datos, y que se basa en cuatro pilares fundamentales: El primero es el derecho al olvido, entendido como el derecho de los usuarios a que los responsables de las redes sociales borren todos sus datos personales cuando se den de baja del servicio. El segundo es la transparencia y la información en el momento de la recogida de los datos. El tercero es la privacidad por defecto, de forma que los datos de los usuarios no puedan procesarse salvo si éstos han dado su consentimiento expreso. El cuarto y último es la aplicación de la normativa europea de protección de datos  a todas aquellas empresas situadas fuera de la UE que procesan datos de ciudadanos comunitarios.

En cualquier caso, los usuarios de Tuenti pueden estar tranquilos, ya que la propuesta de Tuenti  en materia de privacidad y protección de datos es y seguirá siendo siempre la misma desde sus comienzos: a Tuenti sólo se entra por invitación, no indexamos datos ni contenidos, de manera que los usuarios de Tuenti no pueden ser localizados en buscadores, y garantizamos el derecho al olvido de nuestros usuarios, eliminando todos los datos e información de sus perfiles cuando deciden cancelar sus datos y darse de baja de nuestra red social.

En este mismo orden de cosas, con Internet en nuestras vidas ¿Tiene sentido el concepto que manejamos de propiedad intelectual?

El avance de Internet es imparable tanto en la calidad técnica como en la evolución de los servicios y prestaciones para los usuarios. En este sentido, la evolución de la llamada Web 2.0 ha aportado nuevas formas de información, comunicación y expresión con el nacimiento de la llamada blogosfera y del periodismo ciudadano.

De esta forma, se ha alterado el concepto tradicional de creación intelectual. Ahora el creador no es únicamente el titular de la página web, sino también los usuarios que aportan sus contenidos, a los cuales es preciso otorgar protección.  En definitiva, la creación y explotación de la propiedad intelectual está ahora en manos de todos y cada uno de los ciudadanos, ya sea como autores y/o como usuarios de las obras protegidas.

De lo que no cabe ninguna duda es que Internet en general, y las redes sociales, en particular, no serían lo que son sin los contenidos generados por los propios usuarios y sin los contenidos de terceros colgados por los usuarios, previa autorización del titular o permiso de la ley. Ésta es la encrucijada donde reside la dificultad y el reto de la propiedad intelectual y las redes sociales: la dificultad de distinguir entre actos lícitos e ilícitos y el reto de encontrar el sistema que mejor satisfaga los intereses de creadores y usuarios, o lo que es mismo, asegurar el equilibrio entre intereses privados y colectivos.

La tecnología digital y las redes sociales permiten una mayor libertad en la creación y explotación de contenidos de propiedad intelectual y, como siempre, una mayor libertad exige una mayor responsabilidad. Creo que sólo a través de la educación y el correcto conocimiento de la ley y del respeto de los derechos ajenos conseguiremos que el régimen de propiedad intelectual funcione en beneficio de todos, autores, titulares de derechos y usuarios.

Por último, permítame una reflexión sobre los últimos datos de la consultora IDC, según la cual, del total de los contenidos culturales y de entretenimiento que se consumieron en España durante el primer trimestre del 2010, aproximadamente un 80% fueron descargados a través de Internet, sin que sus legítimos propietarios dieran el permiso correspondiente. Esta situación ya ha sido bautizada por algunos como un problema de "orden público digital" porque se produce una constante y masiva vulneración de los derechos de propiedad intelectual en Internet.

En mi opinión, dejando a un lado el manido debate sobre la necesidad y oportunidad, acierto o equivocación, de la reciente respuesta normativa del gobierno ante esta situación, quizá la clave se encuentre en la necesidad de cambiar los actuales modelos de distribución de contenidos, debiendo la industria adaptarse a la nueva realidad basada en el consumo digital u online de los mismos, sin que por ello estemos hablando de un proceso de destrucción de valor de la obras debido al impacto de las nuevas tecnologías.

¿Cómo trataría usted, como responsable jurídico, un plagio de una obra que el propio autor ha puesto a disposición de todos en Tuenti?

En primer lugar, al tratarse de un contenido propio el autor tiene la plena disposición de la obra y puede realizar los actos de explotación que elija, como y cuando quiera. Colgar una obra en Internet afecta al ejercicio de diferentes derechos: un acto de divulgación (si es la primera vez que la obra sale a la luz) y un actos de reproducción y comunicación pública.

En todo caso, el autor al  poner su obra a disposición del público en Internet puede determinar las condiciones en que su obra va a poder ser utilizada y explotada. El silencio no confiere autorización alguna, como mucho podría entenderse que si alguien cuelga su obra en Internet esta implícitamente autorizando que la misma sea utilizada y explotada de acuerdo con los usos y costumbres del sector: es decir, que sea objeto de acceso y descargas por parte de los usuarios y objeto de enlaces a la página.

En cambio, si el autor establece condiciones de utilización o algún tipo de licencia, la explotación de la obra quedará sujeta a tales condiciones y su infracción supondrá no sólo una infracción de los derechos de propiedad intelectual sino también una infracción contractual.

En el caso de la política establecida por Tuenti en materia de protección de la propiedad intelectual de los contenidos generados por los propios usuarios, Tuenti reconoce que el usuario conserva todos sus derechos sobre los contenidos e información que publica en Tuenti y puede controlar cómo se comparte con los otros usuarios de la plataforma. Además Tuenti establece una licencia no exclusiva, gratuita y para todo el mundo a su favor para reproducir y comunicar públicamente los mismos, con la única y exclusiva finalidad de que TUENTI pueda prestarte el servicio. Esta licencia finaliza cuando el usuario elimina el contenido o su perfil en Tuenti.

Es decir, que al compartir un contenido en Tuenti, el usuario nos concede una licencia limitada para que le sea prestado el servicio, sin que pueda Tuenti, con carácter general, ceder esos contenidos a terceros.

Por último, Tuenti establece un sistema sencillo para que el titular de un derecho de propiedad intelectual que es objeto de infracción o explotación no autorizada, a través de nuestra red social, pueda notificarlo a nuestro equipo de soporte al usuario para que se proceda a retirarlo o bloquear el acceso al mismo. Finalmente, nos reservamos el derecho a desactivar la cuenta de los usuarios que infringen derechos de propiedad intelectual ajenos.

Con estas declaraciones y acciones, Tuenti colabora en el respeto y correcta explotación de la propiedad intelectual y en una mejor comprensión de esta legislación.

¿Cómo se enfoca el problema de los perfiles falsos, sobre todo si hay menores?

Tuenti es una red social donde la filosofía es crear un entorno digital idéntico al que existe en la vida analógica y en el que, por lo tanto, los perfiles falsos están prohibidos en nuestros Términos de Uso.

Como decía al principio, la garantía de privacidad que ofrece Tuenti hace que nuestros usuarios trasladen a la red social su verdadera información personal. A diferencia de otras redes sociales, Tuenti tiene más de un 95% de perfiles donde sus usuarios se registran con su nombre y apellido reales. Es un plataforma en la que los usuarios van de frente.

Por esta razón, es difícil ver en Tuenti un perfil que se "esconde" detrás de un nickname o pseudónimo, de la misma manera que es muy habitual que los propios usuarios reaccionen ante perfiles falsos con reportes o denuncias a nuestro equipo de soporte al usuario, ya que no quieren ver vulnerada su privacidad ante terceros que no forman parte de su círculo de confianza.

Con todo, no hay que olvidar que la utilización de perfiles falsos puede constituir un delito de suplantación de identidad y/o una infracción civil del derecho a la propia imagen. En este sentido, mi recomendación es que ante cualquier indicio de este tipo de situaciones, los usuarios lo denuncien a Tuenti utilizando las herramientas de reporte que ponemos a su disposición, sin perjuicio, por supuesto, del inicio de acciones civiles y/ o penales ante los tribunales de justicia.

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