LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

29/03/2024. 11:48:28

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Absuelto de injurias por denunciar los ruidos continuos de su vecina

EFE

La Audiencia de Sevilla ha anulado la condena que pesaba sobre un vecino de Cazalla de la Sierra (Sevilla), que fue sancionado por supuestas injurias al denunciar varias veces los ruidos que emitía su vecina, pues lo único que hizo fue «defender su derecho a la vida privada y al hogar».

Absuelto de injurias por denunciar los ruidos continuos de su vecina

El juzgado de Cazalla condenó a F.R.R. por las "molestias y vejaciones injustas" causadas a su vecina R.M.B. con las "continuas quejas" que presentaba contra los ruidos procedentes de su vivienda y sus "múltiples llamadas" a la Policía Local para que abriese los correspondientes expedientes administrativos.

Por estos hechos fue condenado a pagar una multa de 20 días con cuota de 4 euros, lo que equivale a 80 euros, pero ahora la Sección Primera de la Audiencia recoge que, al menos en una ocasión, la Policía Local acudió a su vivienda y comprobó el "ruido ensordecedor procedente de la casa de al lado".

"Lo que no cabe en modo alguno es que el vecino sea sancionado por defender su derecho a la vida privada y a su hogar por un medio tan civilizado y tan adecuado a Derecho en una sociedad democrática como es el de acudir a las autoridades públicas y denunciar las interferencias, a su juicio ilegítimas, a dicho derecho fundamental", dice la sentencia a la que ha tenido acceso Efe.

El juzgado de Cazalla consideró que el procesado se dedicaba a protestar contra "hechos cotidianos y lícitos" de la convivencia vecinal, pero la Audiencia responde que el acta levantada por la Policía Local midió 67 y 52 decibelios en diferentes habitaciones, superiores a los 32 y 40 decibelios máximos en horario diurno permitidos por la Ordenanza Municipal de Cazalla.

El magistrado Miguel Carmona sostiene en su sentencia que "no se puede compartir que la producción continua de ruidos superiores a los fijados como máximos en la Ordenanzas Municipales sea algo común y lícito que el vecino esté obligado a soportar, hasta el punto de ser sancionado si se queja".

La resolución recuerda que "los ordenamientos jurídicos más avanzados están introduciendo la protección jurídica contra el ruido" y cita varias sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que obliga a las autoridades públicas de España a "adoptar las medidas necesarias para proteger el derecho de las personas al respecto de su hogar y de su vida privada y familiar".

Entre otras, recuerda que el TEDH considera una violación de la privacidad del hogar no solo la entrada no consentida sino también la intromisión "mediante ruidos, emisiones, olores y otras formas de interferencia".

En este caso no corresponde "evaluar si las quejas de F.R.R. estaban o no plenamente justificadas", dice la Audiencia, pero añade que al menos lo estuvieron en un caso concreto, comprobado por la Policía mediante las mediciones correspondientes y su apreciación personal, con un acta que dio cuenta del ruido "ensordecedor" procedente de la casa vecina.

La sentencia, contra la que no cabe recurso, absuelve al denunciado de la falta de vejaciones injustas y declara de oficio las costas judiciales de los dos procesos.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.