LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

28/03/2024. 20:37:21

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

LO QUE CAAMAÑO DEJÓ EN ANTEPROYECTO SE APRUEBA AHORA POR REAL DECRETO

Aprobada la Ley de mediación

Legal Today

El mediador, a diferencia de lo que sucede en el arbitraje, no tiene capacidad de decisión en la resolución del conflicto, ya que ésta corresponde por entero a las partes.   Los acuerdos de mediación tienen un índice de cumplimiento voluntario por las partes superior al de los laudos arbitrales y las sentencias, que alcanza hasta el 98 por 100 de los casos. Se está preparando una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal así como la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de Ley de Demarcación y de Planta Judicial.

Se ha aprobado el Real Decreto-Ley de Mediación Civil y Mercantil, poniendo así a disposición un mecanismo de resolución de conflictos voluntario, ágil y económico. Se busca implantar una forma voluntaria de resolución de controversias entre dos partes con la ayuda de una tercera persona, cualificada, imparcial y neutral que les guía en la consecución de un acuerdo. El mediador, por lo tanto, a diferencia de lo que sucede en el arbitraje, no tiene capacidad de decisión en la resolución del conflicto, ya que ésta corresponde por entero a las partes.

Una mano entre fichas de madera

El Real Decreto-Ley de mediación se extiende al ámbito civil y mercantil, con expresa exclusión de la mediación penal, la laboral, la de consumo y con las administraciones públicas, de acuerdo con el ámbito de aplicación de la directiva comunitaria que se traspone. Se trata de la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación transfronteriza en asuntos civiles y mercantiles. El anterior Ministro, Caamaño, intentó legislar la mediación, tal y como les contamos en Legal Today.

La mediación se configura con carácter voluntario de forma que no se regula ninguna obligación legal de acudir a mediación. No obstante, el juez, cuando aprecie que en atención a la naturaleza del litigio éste podría resolverse de forma más ágil y menos costosa a través de la mediación, podrá instar a las partes a que asistan a una sesión informativa.

Los acuerdos de mediación tienen un índice de cumplimiento voluntario por las partes muy superior al de los laudos arbitrales y las sentencias, que alcanza hasta el 98 por 100 de los casos.

El objetivo del Real Decreto-Ley es dar un impulso relevante a esta institución, al servicio de los ciudadanos, a los que se ofrece la posibilidad de contar con un medio de solución de conflictos eficaz y económico. La consecuencia de su aplicación será la reducción de los asuntos que actualmente se dirimen ante la jurisdicción ordinaria.

Con esta regulación se da cumplimiento a la Directiva 2008/52/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, pero esta norma va más allá. Si la directiva se centra en los acuerdos de mediación transfronterizos, el Real Decreto-Ley conforma un régimen general aplicable a toda mediación en asuntos civiles y mercantiles, ya sea nacional o transfronteriza.

Se hornean tres nuevas leyes para la "nueva Justicia"

El Gobierno ha acordado la creación de dos comisiones institucionales que serán las encargadas de elaborar las propuestas de textos articulados de la Ley de Enjuiciamiento Criminal así como de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de Ley de Demarcación y de Planta Judicial.

Ambas comisiones estarán integradas por magistrados, fiscales, catedráticos de Derecho, abogados, procuradores y secretarios judiciales,  todos ellos expertos en cada una de sus áreas. Las comisiones se reunirán con una periodicidad semanal durante los próximos cinco meses, momento en el que tendrán que elevar su propuesta de texto articulado al Ministerio de Justicia. Los integrantes de estas comisiones no percibirán remuneración salarial por esta dedicación.

Los objetivos que se fija el Gobierno con la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal son:

  • luchar contra la creciente inseguridad jurídica,
  • delimitar las atribuciones competenciales entre jueces y fiscales,
  • instaurar la doble instancia penal,
  • regular el sometimiento a plazo del secreto de sumario,
  • incrementar el control de las intervenciones telefónicas, 
  • regular adecuadamente la fase de instrucción,
  • incorporar la doctrina que en materia de derechos fundamentales han sentado el Tribunal         Supremo, el Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos,
  • regular con mayor precisión el ejercicio de la acusación particular,
  • regular adecuadamente los recursos o efectuar un revisión de los actuales supuestos de             aforamiento del cuerpo de jueces y magistrados y del sistema de ejecución de sentencias.

La comisión que propondrá la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial tendrá como objetivo fundamental configurar una organización más racional y eficaz de la Administración de Justicia para que contribuya a la reactivación económica y a la protección de los derechos civiles, sociales y económicos.

Con la reforma de la Ley de Demarcación y Planta Judicial se pretende superar el obsoleto modelo basado en el partido judicial, organizar la Justicia con arreglo a criterios de flexibilidad, y adaptar la organización territorial a los tiempos actuales de acuerdo con el  modelo de organización judicial.

¿Quiere leer el Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles? 

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.