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19/04/2024. 03:36:51

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Aprobado el módulo de distribución del crédito para la subvención de los juzgados de paz

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El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Acuerdo por el que se fija el módulo para la distribución del crédito correspondiente a 2019 destinado a subvencionar el funcionamiento de los juzgados de paz. Este acuerdo será de aplicación en los ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de las Illes Balears, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y la Región de Murcia.

Isabel Celáa

Según informó el Gobierno al término de la mesa interministerial, en los Presupuestos Generales del Estado para 2018, prorrogados para 2019, el importe del crédito destinado a subvencionar a las corporaciones locales por este concepto es de 1.994.210 euros.

Las subvenciones se modularán en función de la población de derecho de los municipios conforme a los siguientes tramos:

Número de habitantes Cuantía anual/euros

El Acuerdo concreta los importes anuales asignados en función del número de habitantes:

De 1 a 499: 310.

De 500 a 999: 581.

De 1.000 a 2.999: 1.100.

De 3.000 a 4.999: 1.599.

De 5.000 a 6.999: 2.000.

De 7.000 o más: 2.330.

RD-ley para posibilitar la Conferencia sobre el Cambio Climático

Por otra parte, el Consejo de Ministros también aprobó un Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes para la organización en España de la XXV Conferencia de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático que inicialmente debía celebrarse en Santiago de Chile.

Asimismo, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea el Comité Organizador de la COP25, para la planificación, organización y ejecución de las tareas precisas para el desarrollo de la misma, así como para asegurar la coordinación entre los órganos de las Administraciones competentes.

Para asegurar la eficiencia en la organización y celebración de la Cumbre del Clima "resulta esencial fomentar en la mayor medida de lo posible la participación del sector privado traducida en incentivos fiscales al mecenazgo", afirma el Ejecutivo. Así, el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, regula para supuestos de este tipo los llamados «Programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público».

Para que dicho régimen especial de incentivos fiscales al mecenazgo pueda ser aplicable a este supuesto, el artículo 1 de este Real Decreto-ley declara esta cumbre del clima como acontecimiento de excepcional interés público. Asimismo, establece la duración del programa de apoyo (desde el 1 de noviembre de 2019 hasta el 31 de marzo de 2020); remite al órgano competente el desarrollo y concreción de las actuaciones a realizar; establece que los beneficios fiscales del programa serán los máximos establecidos en el artículo 27.3 de la Ley de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo y remite a la citada Ley por lo que atañe a la certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa.

 

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