Después de que el Congreso de los Diputados tumbara el pasado 22 de marzo el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, el Gobierno aprobó el viernes un nuevo Real decreto-ley en materia de alquiler que incorpora varias novedades con respecto al anterior texto. Así, la nueva regulación recoge la elaboración de un índice de precios, la indexación de las subidas de la renta durante el contrato al IPC y la ampliación de los contratos, prórrogas y plazos de preaviso.
Sin embargo, el texto no recoge otras medidas reclamadas por Podemos, grupo parlamentario que provocó el fracaso del anterior RD-ley, como el control de precios (limitación de precios), ni incentivos fiscales a quienes alquilen a precios asequibles. Así ya a pesar de que estaba contemplado en las negociaciones, el Gobierno ha descartado finalmente la posible limitación de los precios por parte de Ayuntamientos y CCAA. Tampoco contempla la prevista bonificación del 80% del IBI para el alquiler de vivienda habitual cuya renta fuese inferior a la determinada por el índice de referencia del precio del alquiler de vivienda. A pesar de que era lo previsible, el texto no fue finalmente aprobado en el BOE del sábado.
El Real Decreto-ley entrará en vigor en cuanto esté publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y necesitará, una vez más, ser convalidado por el Congreso de los Diputados. Como la disolución de las Cortes está prevista para el 5 de marzo, la convalidación tendrá que hacerse a través de la Comisión Permanente, que tendrá 30 días hábiles para votar esa convalidación.
Índice de precios
El índice de precios deberá estar elaborado en un plazo de 8 meses. Su objetivo es trasladar al mercado mayor transparencia e información de alquiler y servirá de soporte a las Comunidades Autónomas que quieran implementar políticas de índole fiscal. Contará con información de todos los estamentos: Agencia Tributaria, registradores, notarios, fianzas registradas, portales inmobiliarios, tendrá una temporalidad anual y detallará los precios por ciudades, distritos y barrios.
Seguridad para el inquilino
Según explicó el Ejecutivo, uno de los principales objetivos de la norma es ofrecer mayor seguridad y certidumbre al inquilino. En línea con lo anterior, recoge varias medidas:
Viviendas de Uso Turístico
También queda recogida una modificación técnica en la exclusión de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de la vivienda turística, para su específica regulación por las Comunidades Autónomas, y se permite que una mayoría de 3/5 de las comunidades de propietarios puedan limitar las viviendas de uso turístico, o asignarles mayores gastos comunes.
Concretamente, se introduce en la Ley de Propiedad Horizontal la posibilidad de que, por acuerdo de una mayoría de 3/5, una comunidad de propietarios pueda limitar o condicionar el ejercicio de la actividad de alquiler turístico o fijar unas determinadas condiciones para su ejercicio. El objetivo es dotar a los vecinos de instrumentos para facilitar la convivencia y decidir sobre las actividades que tienen lugar en su comunidad.
Apoyo a los grupos más vulnerables
El Real Decreto-ley contempla diversas medidas para proteger supuestos de vulnerabilidad antes situaciones de desahucio. Así, y según el Gobierno:
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