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29/03/2024. 00:45:06

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Aprobado el RD que obliga a las grandes empresas a realizar una auditoría sobre su consumo energético

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El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, que obliga a las grandes empresas a realizar una auditoría sobre su consumo energético. La norma, que fue publicada en el BOE del sábado y que ya se encuentra en vigor, “transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía”.

Soraya Sáenza de Santamaría

Este Real Decreto, junto con el resto de normas aprobadas en esta Legislatura, traspone varios apartados de la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE. La Directiva crea un marco común para fomentar la eficiencia energética dentro de la Unión Europea y establece acciones concretas que lleven a la práctica alguna de las propuestas incluidas en el Plan de Eficiencia Energética 2011, y con ello, a alcanzar el considerable potencial de ahorro de energía no realizado.

El Real Decreto consta de catorce artículos, agrupados en cinco capítulos, cuatro disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, siete disposiciones finales y cinco anexos.

Qué entiende por grandes empresas

El RD entiende por grandes empresas tanto las que ocupen al menos a 250 personas como las que, aun sin cumplir dicho requisito, tengan un volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros y, a la par, un balance general que exceda de 43 millones de euros. De igual modo, será también de aplicación a los grupos de sociedades, definidos según lo establecido en el artículo 42 del Código de Comercio que, teniendo en cuenta las magnitudes agregadas de todas las sociedades que forman el grupo consolidado, cumplan los referidos requisitos de gran empresa.

Cada cuatro años

Las grandes empresas o grupos de sociedades incluidos en el ámbito de aplicación, deberán someterse a una auditoría energética cada cuatro años a partir de la fecha de la auditoría energética anterior que cubra, al menos, el 85% del consumo total de energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en el territorio nacional.

Un plazo de nueve meses

Las empresas tendrán un plazo de nueve meses para realizar las auditorías. Podrán sustituir las auditorías, además, por un sistema de gestión energética o ambiental e incorporar certificados de eficiencia energética de edificios en vigor. Se considerarán válidas las auditorías que se hayan realizado desde el 5 de diciembre de 2012, fecha de entrada en vigor de la Directiva comunitaria.

Quién debe realizar las auditorías

Las auditorías serán realizadas por auditores energéticos profesionales que cumplan con los requisitos de cualificación que se establecen en el Real Decreto aprobado, sin perjuicio de que también podrán realizarse por personal interno cualificado.

Además, el Real Decreto establece los requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de proveedores de servicios energéticos, que deberán acreditar su cualificación en materia energética mediante titulación universitaria o de Formación Profesional, o bien acreditando su competencia profesional teórica y práctica.

Los proveedores de servicios energéticos deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil. En la sede electrónica del IDAE existirá un listado de proveedores de servicios energéticos habilitados.

Accede al Real Decreto

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