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28/03/2024. 16:41:25

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Aprobado un Real Decreto para promover el despliegue de redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad

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Soraya Sáenz de Santamaría

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2014/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a medidas para reducir el coste del despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad.

Las medidas adoptadas pretenden incentivar el despliegue de redes de comunicaciones mediante el establecimiento de derechos de acceso a infraestructuras físicas existentes, la coordinación de obras civiles y la mejora en el acceso a la información sobre infraestructuras existentes, obras civiles previstas y procedimientos aplicables a la concesión de permisos.

Este Real Decreto permitirá a los operadores de telecomunicaciones instalar sus nuevas redes de muy alta velocidad utilizando todas las infraestructuras y obras civiles ya construidas, por ejemplo, canalizaciones de gas, electricidad o saneamiento, postes, conductos en carreteras, líneas férreas, torres o cualquier otra capaz de alojar las nuevas redes.

Además, se han establecido medidas para que se coordinen las obras civiles de nueva construcción, de forma que, cuando vaya a realizarse una nueva obra se aproveche para instalar en ese momento las redes de fibra y se evite tener que estar reabriendo calles y aceras.

Información obligatoria

Con ello se abaratarán de manera importante los costes de instalar las nuevas redes, se acelerará su despliegue y se podrá ampliar la cobertura. Además, se evitarán molestias a los ciudadanos reduciendo las obras de construcción.

Se obliga a las Administraciones Públicas a publicar toda la información relativa a las condiciones y procedimientos aplicables a las instalaciones y despliegue de redes públicas de comunicaciones electrónicas y sus recursos asociados. El Ministerio de Industria, Energía y Turismo deberá establecer un punto de información único de permisos y licencias a través del cual los operadores accederán por vía electrónica a toda la información.

Red de fibra hasta el hogar más extensa de Europa

Con esta norma se da un paso más en el conjunto de reformas acometidas por el Gobierno en el ámbito de las telecomunicaciones, cuyo eje fundamental ha sido la nueva Ley General de Telecomunicaciones, aprobada en mayo de 2014 y respaldada por un amplísimo consenso parlamentario.

El principal objetivo de este conjunto de reformas ha sido crear un marco regulatorio que favorezca la inversión y se facilite el rápido despliegue de las nuevas redes de fibra óptica y la cobertura de las redes de telefonía móvil de cuarta generación 4G, de manera que todos los ciudadanos y las empresas puedan disfrutar de las mejores prestaciones y la máxima velocidad en el acceso a Internet.

España dispone hoy de la red de fibra óptica hasta el hogar más extensa de Europa, con 22,5 millones de accesos instalados, frente a los 15,3 millones de hace un año y 1,6 millones de 2012. La cobertura móvil 4G alcanza el 90% desde el 0% de 2012. Estos datos nos proporcionan a España una importante ventaja competitiva como país para la economía del futuro.

Objetivo de la Agenda Digital para Europa y para España

Entre los objetivos de la Agenda Digital para Europa se encuentra garantizar que para el año 2020 todos los europeos tengan acceso a velocidades de Internet por encima de los 30 Mbps, y que un 50% o más de los hogares de la Unión Europea estén abonados a conexiones por encima de los 100 Mbps.

Los trabajos de obra civil suponen, como media, en la Unión Europea un 80% del coste total del despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas, lo que obliga a adoptar medidas que faciliten su despliegue para que los operadores que instalan o explotan redes de comunicaciones electrónicas puedan ofrecer a los usuarios servicios más innovadores, de mayor calidad y cobertura, a precios competitivos y con mejores condiciones.

Acceda a la Directiva 2014/61/UE:

http://www.boe.es/doue/2014/155/L00001-00014.pdf

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