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19/04/2024. 06:01:22

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Bankia ha ampliado el plazo para solicitar arbitraje de participaciones preferentes y deuda subordinada hasta el 15 de julio

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Los clientes ya han entregado 144.903 propuestas de arbitraje en las oficinas de la entidad. La Junta Nacional Arbitral de Consumo ya ha dictado 179 laudos, y esos clientes tienen ingresada en su cuenta corriente toda su inversión.

El presidente de Bankia, José Ignacio Goirigolzarri, anunció ayer la ampliación del plazo para presentar solicitudes de arbitraje para titulares de instrumentos híbridos del 30 de junio al 15 de julio. Los clientes que adquirieron estos productos a algunas de las cajas de ahorros que dieron lugar al Grupo BFA-Bankia tienen una última oportunidad de entregar su solicitud.

Edificio de bankia

Bankia tiene a disposición de los clientes de la entidad que adquirieron participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, comercializadas por las cajas de ahorros que dieron origen al Grupo, la posibilidad de acudir al arbitraje. Únicamente podrán solicitar dicho arbitraje las personas físicas y las personas jurídicas sin ánimo de lucro siempre que, en ambos casos, tengan la condición de cliente minorista. Dada la necesidad de valorar individualmente las particularidades de cada caso, no se admitirá el sometimiento a arbitraje para colectivos, siendo necesario presentar solicitudes individuales.

Hasta el pasado viernes la entidad ha recibido 144.903 solicitudes de arbitraje en el marco del proceso abierto el pasado 18 de abril para clientes minoristas titulares de instrumentos híbridos.

De estas solicitudes, 90.282 están siendo analizadas por parte del experto independiente, KPMG, que es la empresa encargada de elaborar un informe para valorar, en función de los criterios fijados por la Comisión de Seguimiento creada para supervisar este proceso, si cada una de las solicitudes reúne los requisitos para participar en el proceso de arbitraje.

Asimismo, hay 2.425 que ya están siendo analizadas por la Junta Arbitral Nacional de Consumo.

Esta Junta, como indicó ayer  el presidente de Bankia en la Junta General de Accionistas de la entidad, ya ha dictado 179 laudos, todos ellos favorables a los clientes, que ya han visto cómo se ingresaba el importe de su inversión en su cuenta corriente.

Todos los clientes minoristas titulares de instrumentos híbridos (participaciones preferentes y deuda subordinada) que fueron emitidos por las cajas de ahorros que dieron lugar al grupo BFA-Bankia pueden presentar su solicitud de arbitraje hasta el 15 de julio.

Procedimiento arbitral

El procedimiento arbitral es gratuito y no requiere la asistencia de abogado ni procurador, y es alternativo a la vía judicial. A través del mismo se pueden atender y resolver reclamaciones basadas en defectos de comercialización de un determinado producto o servicio.

Bankia gestiona desde sus oficinas todas las solicitudes presentadas por los clientes y las remitirá a un gestor independiente (en este caso, KPMG) que elaborará un informe valorando la solicitud.

El Informe de KPMG, en su caso, valorará la cuantía máxima a devolver al cliente

La oficina de Bankia contactará con el cliente y pondrá en su conocimiento el resultado del informe una vez emitido, a fin de que el cliente decida si quiere o no continuar con el proceso arbitral. En caso de que el cliente no quiera seguir el arbitraje, podrá renunciar al mismo, sin que se le cierren otras posibilidades, pudiendo si lo desea acudir a la vía judicial.

Si el cliente está conforme, firma un Convenio Arbitral, comprometiéndose a aceptar el laudo arbitral y renunciando a acudir a la vía judicial. Una vez realizada la firma por ambas partes, se inicia el Arbitraje por la Junta Arbitral Nacional que finalizará con la comunicación del laudo arbitral a las partes (cliente y Bankia).

En el caso de que el laudo sea favorable al cliente, la entidad abona la cuantía señalada en el laudo, de acuerdo a la fórmula de liquidación recogida en el Convenio Arbitral.

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