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16/04/2024. 21:14:39

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IMPUESTO SOBRE TRANSACCIONES FINANCIERAS

Bruselas fija las modalidades de la “tasa Tobin” para la Unión Europea

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La Comisión Europea adoptó ayer una propuesta de directiva en la que establece las modalidades del impuesto sobre las transacciones financieras (ITF), popularmente conocido como Tasa Tobin, en los términos solicitados por los 11 Estados miembros que lo aplicarán —Alemania, Austria, Bélgica, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Francia, Grecia, Italia y Portugal—, que esperan recaudar, una vez sea aplicado, entre 30.000 y 35.000 millones de euros.

Mapamundi y símbolo del euro

La propuesta presentada ayer refleja el ámbito de aplicación y los objetivos de la propuesta original de impuesto sobre transacciones financieras presentada por la Comisión en septiembre de 2011, manteniendo el enfoque consistente en gravar todas las transacciones que tengan un vínculo con la zona en que se aplicará el ITF, así como los tipos del 0,1 % para las acciones y las obligaciones y del 0,01 % para los productos derivados.

No obstante la propuesta recién adoptada presenta algunos cambios respecto de la propuesta original, con los que se pretende tener en cuenta el hecho de que el impuesto se aplicará a una escala geográfica inferior a la prevista inicialmente. Los cambios se encaminan principalmente a garantizar la claridad jurídica y a reforzar las disposiciones contra la elusión y los abusos en el área fiscal.

Para Algirdas Šemeta, Comisario de Fiscalidad con la propuesta presentada " todo está dispuesto para que el impuesto sobre transacciones financieras se convierta en una realidad en la UE. Sobre la mesa tenemos un impuesto indiscutiblemente equitativo y técnicamente sólido, que reforzará nuestro mercado único y moderará el comportamiento irresponsable de algunos operadores del mercado. Once Estados miembros solicitaron esta propuesta, con el fin de poder avanzar hacia el establecimiento del ITF en el marco de una cooperación reforzada. Hago un llamamiento a estos mismos Estados miembros para que prosigan su empeño con ambición, mostrando el camino para adoptar y aplicar el primer ITF regional del mundo."

Šemeta además ya había defendido el establecimiento del ITF en octubre del año pasado, al dar la Comisión luz verde a una cooperación reforzada en el ámbito de este impuesto, señalando que "fortalecerá el mercado único, dotándolo de mayor cohesión, y contribuirá a incrementar la estabilidad del sector financiero. Por otro lado, los Estados miembros que se han comprometido a aplicar el impuesto obtendrán ventajas adicionales tales como la percepción de ingresos suplementarios y el logro de unos regímenes fiscales más equitativos, en sintonía con las exigencias de sus ciudadanos".

El impuesto sobre las transacciones financieras  persigue tres objetivos principales.

  1. Reforzará el mercado único reduciendo el número de enfoques nacionales divergentes en materia de imposición de las transacciones financieras.

  2. Garantizará que el sector financiero contribuya de forma equitativa y substancial a los ingresos públicos.

  3. Respaldar las medidas de regulación del mercado, alentando al sector financiero a realizar actividades más responsables, orientadas a la economía real.

Al igual que en la propuesta original, el IFT tendrá tipos bajos, una amplia base imponible y redes de seguridad frente a la posibilidad de relocalización del sector financiero. Al igual que antes, será aplicable el "principio de residencia", que implica el devengo del impuesto si alguna de las partes de una transacción está establecida en un Estado miembro participante, con independencia del lugar en donde se realiza la transacción. Esto ocurre, tanto si la entidad financiera que participa en la transacción está establecida en la zona de aplicación del IFT, como si actúa en nombre de una parte establecida en dicha zona.

Como garantía adicional frente a la elusión del impuesto, la propuesta de hoy también añade el "principio del lugar de emisión". Según dicho principio, los instrumentos financieros emitidos en los 11 Estados miembros serán gravados cuando sean objeto de negociación, incluso si los negociadores implicados no están establecidos en la zona de aplicación del IFT. Por otra parte, ahora se incluyen disposiciones explícitas contra las prácticas abusivas.

Del mismo modo que en la propuesta original, el IFT no se aplicará a las actividades financieras diarias de los ciudadanos y las empresas (por ejemplo, préstamos, pagos, seguros, depósitos, etc.), a fin de proteger a la economía real. Tampoco se aplicará a las tradicionales actividades bancarias de inversión en el contexto de la captación de capitales ni a las transacciones financieras efectuadas en el marco de operaciones de reestructuración.

La propuesta también excluye las actividades de refinanciación, la política monetaria y la gestión de la deuda pública. Por consiguiente, quedarán exentas del impuesto las transacciones con los bancos centrales y el BCE, con la Facilidad Europea de Estabilización Financiera y el Mecanismo Europeo de Estabilidad y con la Unión Europea.

Próximas etapas

La propuesta de directiva será debatida ahora por los Estados miembros, con vistas a su aplicación en el marco de una cooperación reforzada. Los 27 Estados miembros pueden participar en los debates sobre esta propuesta. Sin embargo, solo los Estados miembros participantes en la cooperación reforzada tendrán derecho de voto, y deberán llegar a un acuerdo por unanimidad antes de poder proceder a la aplicación. También se consultará al Parlamento Europeo.

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