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19/04/2024. 11:59:36

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¿Colapsamos la Justicia con temas menores?

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El presidente del TSJ de Navarra afirma que "no existe, aunque sea increíble, un sistema informático que permita el volcado directo de datos de los sistemas de la Policía a los de los órganos judiciales" De los asuntos ingresados en toda España en 2011, (9.355.526) penales fueron 6.639.356; civiles 1.984.098; sociales 444.316 y contenciosos 287.444. Los asuntos penales suponen el 70,9% del total, muchos de ellos hurtos que en realidad quien denuncia no sabe si en realidad ha perdido la cosa objeto de la denuncia.

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, Juan Manuel Fernández, expuso en la Cadena SER junto con la portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, que la Justicia está colapsada con temas menores. Aquí les ofrecemos unos datos.

Archivadores apilados

La intervención del presidente del TSJ de Navarra esta semana en la cadena Ser no tuvo desperdicio. "un porcentaje grande de los asuntos que ingresan no tienen autor conocido o a veces ni siquiera son infracciones penales, por ejemplo, cuando se denuncia la pérdida de la cartera, aunque no se sepa muy bien si se ha tratado de un hurto o de una pérdida. En cualquier caso, en la actualidad estas denuncias, que normalmente se hacen ante los Cuerpos de Policía, se remiten a los Juzgados".

Denunciaba Juan Manuel Fernández un dato llamativo, sobre todo en el período que estamos de implantación de la modernización de la Justicia en España: "Como no existe, aunque sea increíble, un sistema informático que permita el volcado directo de datos de los sistemas de la Policía a los de los órganos judiciales, éstos han de ser introducidos manualmente, originándose una duplicidad de actuaciones que es absurda. Además la gran mayoría de estas denuncias que se refieren a asuntos denominados de bagatela, esto es de escasa importancia, al tratarse de hurtos, donde no ha mediado violencia, se archivan provisionalmente y normalmente no vuelven a reabrirse".

De hecho, los clientes saben esto y huyen de litigar cada veas más.

Mediación y  desjudicialización

"La agilización no pasa sólo por suprimir fases de un procedimiento, eliminar recursos o modificar tramitaciones" afirmó, refiriéndose sin duda a la Ley de Agilización procesal.  "Es importante, -añadió- desde luego, pero claramente insuficiente si no se aplica una política transversal de la agilización. Es decir, tenemos que transformar las oficinas judiciales y alcanzar una estructura de servicios comunes realmente operativa, polivalente, flexible y de excelencia".

El presidente del TSJ de Navarra ponía de manifiesto en la radio que hay dos posibles soluciones, que, además, pueden ser complementarias:

  • por un lado plantearse la desjudicialización de algunas infracciones; y
  • la creación de órganos específicos para enjuiciar estos asuntos, "algo que por cierto ya existió en nuestro país y que desgraciadamente se suprimió, los antiguos Juzgados de Distrito".

Razonó que "Es necesario dividir en dos niveles la actual justicia de instrucción y de primera instancia: el primero para los asuntos más sencillos y el segundo para los de mayor complejidad".

Por lo que respecta a la mediación, concluía que "Esta necesidad se hace muy visible en determinados tipos de asuntos, algunos de los cuales son de de especial sensibilidad; me estoy refiriendo a los de familia, separaciones, divorcios, etc. En ello hay que fomentar los acuerdos entre los cónyuges, entre los progenitores, no puede recaer sobre el juez la decisión de regular todas las consecuencias de la ruptura matrimonial, especialmente cuando hay hijos. Por decirlo resumida y gráficamente son asuntos que no pueden terminar con un vencedor y un vencido, porque sino esa relación se enquistará y los incidentes judiciales serán continuos. Pero esta necesidad se siente en otros ámbitos, como, por ejemplo, los asuntos de propiedad horizontal, los pleitos de vecinos".

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