La salida de Reino Unido de la UE podría generar pérdidas de 6.000 millones de euros en la economía española. Cambios en el IVA y en el sistema arancelario respecto a las operaciones de importación y exportación, que pasarán a ser extracomunitarias, serán dos de las grandes afectaciones de esta ruptura británica con el mercado común.
El Brexit podría suponer la pérdida de 6.000 millones de euros para la economía española, además del descenso del PIB de hasta un punto porcentual. Estas son las previsiones del Banco de España ante la salida del Reino Unido de la Unión Europea, prorrogada hasta el 31 de enero de 2020. El mercado español se resentirá con esta decisión, pero, en el ámbito fiscal, ¿cómo afectará a las pymes, pequeños empresarios y demás agentes económicos españoles este divorcio socioeconómico?.
Cuando se haga efectiva la salida de Reino Unido del mercado común, las operaciones comerciales entre la
economía británica y la española dejarán de considerarse intracomunitarias y,
con ello, numerosos cambios se darán en materia de IVA, bases regulatorias y el
sistema arancelario.
En cada envío, además de la vuelta a los controles aduaneros y a la demanda de
una declaración aduanera ordinaria, tanto para la importación como para la
exportación, el Brexit llevará
consigo el pago de derechos arancelarios y de otras cargas que serán
obligatorias en materia de certificados sanitarios o de calidad, entre otros
aspectos, al tratarse de operaciones extracomunitarias.
"El inversor británico en España, así como el empresario nacional que
exporta y/o trabaja con el Reino Unido, deberá prestar mucha atención a las modificaciones
que traerá consigo el Brexit si no quiere padecer algún sobresalto",
asegura Yannick Charton, socio fundador de Valio
Consulting.
Cambio en el número de registro: el EORI por el ROI
Hasta que se haga efectivo el Brexit,
los empresarios españoles que operan en Reino
Unido continuarán teniendo la obligación de estar registrados en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios),
además de declarar sus operaciones en el modelo 349.
Sin embargo, cuando Reino Unido abandone
la Unión Europea, y si no hay alteraciones al respecto, los empresarios
nacionales deberán olvidar el ROI y darse de alta, de manera obligatoria, en el
EORI (número de registro e identificación de operadores económicos). En este
sentido, el gobierno español ya ha comenzado a trabajar a través de la Agencia
Tributaria, que ha iniciado la asignación de oficio de un EORI a las empresas y
operadores del país que operan de manera continua en el mercado británico.