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29/03/2024. 11:44:49

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Condenan a un año de prisión al empresario Trinitario Casanova por manipular acciones de Popular en 2008

EP

El Juzgado de lo Penal número 29 de Madrid ha condenado a un año de prisión al empresario Trinitario Casanova por manipular el mercado para hacer subir el precio de las acciones de Banco Popular en 2008.

Gráfico de acciones

La magistrada también le impone un año de inhabilitación para intervenir en el mercado financiero como actor, mediador o informador, según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

Los hechos juzgados se remontan a los días 26 de julio y 5 de noviembre de 2007, cuando la entidad Fortis Bank MV acordó con Titánica Capital Investment SLU la financiación parcial de la adquisición de 42,5 millones de acciones de Banco Popular admitidas a cotización.

Cumpliendo con este acuerdo, Titánica, de la que Casanova era administrador único, adquirió los títulos en varios paquetes entre el 30 de julio de 2007 y el 8 de enero de 2008, pagando por ellas 527 millones de euros, de los cuales 394,2 fueron financiados por Fortis. De este modo, Titánica se convirtió en accionista significativo de Popular.

Como garantía de esta financiación, los títulos fueron pignorados a favor de Fortis mediante la suscripción de sucesivas pólizas. Las acciones quedaron depositadas en Fortis y Titánica no podía disponer ni negociar nada sobre las mismas "sin previo levantamiento de la carga que pesaba sobre ellas autorizada por Fortis".

Desde mediados de 2007, las acciones de Popular empezaron a depreciarse, pasando de los 14 euros a los que las compró Titánica a 7 euros en julio de 2008. Por ello, Fortis exigió a Titánica la constitución de doce depósitos por cantidades comprendidas entre los 17 millones y los 65 millones.

Desde el 3 de junio de 2008, Titánica no atendió ninguno de los diez requerimientos que se le hicieron, lo que permitió a Fortis ejecutar la prenda y proceder a la venta de acciones pignoradas.

Difusión de noticias falsas

En este escenario de devaluación de las acciones, Casanova hizo circular durante junio de 2008 entre los medios de comunicación, especialmente económicos, la noticia de que un grupo de inversores mejicanos estaba interesado en lanzar una oferta pública de adquisición (OPA) de acciones sobre Popular a un precio "muy ventajoso".

La difusión de la noticia provocó "un súbito incremento del volumen de negociación" de las acciones de Popular y los títulos sufrieron un rebote alcista en solitario. Casanova continuó enviando información falsa a los medios de comunicación durante un tiempo con el fin de mantener las acciones de Popular al alza.

El empresario llegó incluso a viajar a Londres para encargar a un despacho de abogados la constitución urgente de una estructura societaria opaca a través de la cual se instrumentalizaría la supuesta OPA a la entidad que preside Ángel Ron por parte de un grupo de mejicanos, entre los que citó a Carlos Slim y Tomás Milmo.

Casanova comunicó este encuentro a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), "añadiendo falsamente que en el mismo había intervenido un representante de los inversores mejicanos".

En junio de 2008, Fortis ejecutó la garantía y procedió a la venta de las acciones a lo largo de doce sesiones entre el 24 de junio y el 16 de julio de 2008. Esa ejecución supuso para Titánica una pérdida de 170 millones de euros.

La manipulación del mercado que llevó a cabo el empresario provocó que quienes compraron acciones de Popular durante los días 12 y 13 de junio de 2008 pagaran por ellas unos sobreprecios totales de 12,75 millones y 26,68 millones, respectivamente, mientras que quienes las vendieron en esas mismas fechas obtuvieron "beneficios indebidos" por los mismos importes. Ocho entidades extranjeras sufrieron, además, perjuicios.

Tras estudiar el caso, el juzgado llega a la conclusión de que una noticia "falsa" difundida el 12 de junio de 2008, seguida de otras tantas hasta el desmentido final del 30 de junio de 2008, "afectó a la libre formación del precio de cotización de la acción de Banco Popular".

Además, este hecho causó un beneficio/perjuicio a terceros superior a 300.000 euros "con elementos probatorios de entidad suficiente para enervar la presunción de inocencia" que asistía a Casanova. Esta sentencia condenatoria puede ser recurrida en apelación en un plazo de diez días.

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