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29/03/2024. 08:49:43

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Confirman 18 meses de prisión al administrador de la web Bajatetodo.com por un delito contra la propiedad intelectual

EP

La sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado una pena de 18 meses de prisión y una multa de 7.200 euros al administrador de las páginas web de enlaces Bajatetodo.com por un delito continuado contra la propiedad intelectual.

Dentro de una celda www en rojo

Así, la Sala desestima un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia del juzgado de lo penal número 4 de Castellón que, además, condena al procesado a indemnizar a la Asociación de Promotores de Música de España, a la Sociedad General de Autores y a varios distribuidores cinematográficos.

La sentencia da como hechos probados que, durante 2004, 2005 y 2006, el acusado venía actuando como administrador de las páginas web www.bajatetodo.com y otras web asociadas, todas registradas por él mismo, quien era el responsable de la gestión de sus contenidos y con acuerdo previo de otras personas no identificadas que realizaban actuaciones de administradores habilitados por el procesado.

En las mismas se ponía a disposición de los usuarios de Internet contenidos protegidos por los derechos de propiedad intelectual sin la autorización de sus legítimos titulares con ánimo de lucro y en perjuicio de terceros.

Los contenidos que se ofertaban a través de las páginas web bajatetodo incluían archivos que reproducían fonogramas, películas, series de televisión, programas y juegos de ordenador, ofrecidos para su descarga gratuita, mediante el uso de programas de intercambio de archivos que operan bajo el protocolo conocido como P2P.

Beneficios

El acusado obtenía beneficios a través de dichas páginas web a través de distintos medios como la cesión a terceros de las cuentas de correos de los usuarios de dichas páginas o la publicidad a través de anuncios y publicidad y enlaces a tiendas on line.

El procesado obtuvo ingresos económicos por la explotación de las páginas web www.bajatetodo.com y www.solodvrip.com cercanos a los 21.000 euros.

Jose Manuel Tourne, director general de la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP) ha destacado en un comunicado que la ratificación de la condena a Bajatetodo "es un paso más en la lucha por el reconocimiento de que enlazar es un acto de puesta a disposición del usuario de internet de contenidos ilícitos y debe ser considerado como un delito continuado contra la propiedad intelectual, que es lo que nosotros siempre hemos defendido".

Según Tourne, "esta sentencia viene a sumarse a las resoluciones que a lo largo de 2014 hemos visto condenando a los titulares de paginas de enlaces tales como crackmanworld, Cubnet y Divxonline.info por considerar que su actividad es un acto de comunicación pública
tipificado en el articulo 270 del Código Penal".

"Muy notorio es también el que por primera vez en un caso en España se cita la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea sobre el caso Svensson para confirmar que dar acceso a un numero indeterminado y considerable de destinatarios a contenidos
protegidos, mediante enlaces que se pueden pulsar, es una comunicación al publico".

La federación para la protección de la propiedad intelectual también ha mostrado su satisfacción ante el hecho de que la Audiencia Provincial "haya rechazado el argumento esgrimido en tantas ocasiones por la defensa de que no hay ánimo de lucro directo, pues los usuarios no pagan por cada descarga o visionado, al considerar probado que el administrador de la pagina ingresaba dinero a través de la publicidad, que ésta está ligada a la calidad de las obras que ofrece y que deriva de forma directa de la labor de intermediación que realizan los administradores de la página.

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