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29/03/2024. 06:07:37

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El CGPJ acuerda que la excedencia de Margarita Robles le suponga pérdida de condición de magistrada del TS

EP

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ ha acordado este jueves declarar a la magistrada Margarita Robles en la situación administrativa de excedencia voluntaria, tal y como ella había solicitado para presentarse a las elecciones por el PSOE en Madrid, si bien ha celebrado una segunda votación sobre los efectos de esta excedencia para que ello suponga la pérdida de su condición de magistrada del Tribunal Supremo.

Escudo CGPJ

Han votado a favor de esta consideración el presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Carlos Lesmes, y los vocales Mar Cabrejas, Nuria Díaz y Gerardo Martínez Tristán; y en contra los vocales Álvaro Cuesta, Rafael Mozo y Pilar Sepúlveda.

Fuentes del órgano de gobierno de los jueces han señalado a Europa Press que, a efectos prácticos, Robles ha perdido la plaza que ostentaba en la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, y que de volver al Tribunal Supremo no está muy claro qué lugar debería ocupar. En todo caso, señalan que este asunto le corresponderá resolverlo a un próximo CGPJ con unos miembros diferentes a los actuales.

Ello es por apreciarse un conflicto entre lo que dice el artículo 357 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que establece que "cuando un magistrado del Tribunal Supremo solicitara la excedencia voluntaria y le fuere concedida, perderá su condición de tal", y lo señalado en el mismo sentido por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que le aseguraría, por su condición de juez, "reserva de plaza y de destino".

Ante este conflicto y la ausencia de antecedentes -Robles es la primera integrante del Supremo que pide una excedencia para presentarse a unas elecciones- que ha sido señalado por Cuesta durante el debate de este asunto, se ha optado por entender que los magistrados del Tribunal Supremo lo son "en ejercicio efectivo", por lo que pierden tal condición cuando dejan de cumplir con su labor jurisdiccional.

Lesmes, Cabrejas, Díaz y Martínez Tristán consideran que el precepto de la LOREG no incluye los magistrados del Tribunal Supremo -categoría distinta de la de juez y magistrado, según el artículo 299.1 de la LOPJ- que tienen un estatuto especial regulado en la misma Ley Orgánica del Poder Judicial (art. 299.2), ley a la que además se remite la LOREG al hablar de las "normas específicas de aplicación".

Los vocales explican su decisión en otro artículo de la LOPJ, el 348 bis, que dice que "se pasará de la categoría de magistrado del Tribunal Supremo a la de magistrado al desempeñar cualesquiera otras actividades públicas o privadas con las únicas excepciones que a continuación se señalan", que son las de vocal del CGPJ, magistrado del Tribunal Constitucional, miembro de Altos Tribunales de Justicia internacionales, Fiscal General del Estado y Jefe del Servicio de Inspección del CGPJ.

La mayoría de la Comisión Permanente considera que la aplicación en el presente caso de lo dispuesto en la LOPJ resulta "inequívoca e indubitada" en atención a la reserva constitucional contemplada en el artículo 122.1 de la Constitución Española, que señala que "la Ley Orgánica del Poder Judicial determinará la constitución, funcionamiento y gobierno de los Juzgados y Tribunales, así como el estatuto jurídico de los Jueces y Magistrados de carrera, que formarán un Cuerpo único, y del personal al servicio de la Administración de Justicia".

DISCREPANTES

El vocal Álvaro Cuesta ha anunciado la formulación de un voto particular, al que se adherirá Pilar Sepúlveda, por considerar que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7.4 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), debe interpretarse la LOPJ favoreciendo el sufragio pasivo.

Cuesta considera además que, a la vista de las últimas reformas de la LOPJ en 2011, los candidatos que sean magistrados del Tribunal Supremo y los que resulten elegidos diputados y senadores deben conservar el destino, puesto y plaza, sin perder la condición de magistrados del Tribunal Supremo.

Robles, que se presenta como número 2 del PSOE por Madrid, pertenecía hasta hoy a la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo en el Tribunal Supremo, plaza que posee desde 2004. Entre 2008 y 2013 fue vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a propuesta del PSOE y es miembro de la asociación Jueces para la Democracia.

En 1993 fue nombrada subsecretaria de Justicia y entre 1994 y 1996, fue secretaria de Estado de Interior, cuando Juan Alberto Belloch se convirtió en 'superministro' de Justicia e Interior.

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