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19/03/2024. 11:36:36

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El CGPJ aprueba la adscripción a la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional de los magistrados Eloy Velasco y Enrique López en un acuerdo independiente

CGPJ

En cumplimiento del auto del Tribunal Supremo que declaró que esta decisión debía deslindarse de la ejecución de la sentencia dictada por ese órgano el pasado 3 de abril.

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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado hoy la adscripción de los magistrados Eloy Velasco Núñez y Enrique López López a la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional en un acuerdo independiente del adoptado al ejecutar la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que anuló su nombramiento para ese órgano, atendiendo así a lo ordenado por el alto tribunal en un auto dictado el pasado día 10.

En ese auto, el Supremo declaró que la adscripción debía hacerse "en un acto administrativo independiente" de la ejecución de la sentencia que el pasado 3 de abril anuló la designación de Velasco y López para la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional y ordenó al CGPJ que volviera a asignar las dos plazas de magistrado incluyendo entre los candidatos también a quienes superaron las pruebas de especialización convocadas por el Consejo en 2011 y anuladas por el propio Tribunal Supremo dos años después.

En ejecución de la sentencia, el CGPJ nombró a los magistrados Ángel Luis Hurtado Adrián y Manuela Fernández Prado para ocupar las dos plazas de la Sala de Apelación, por ser quienes tenían mejor número de escalafón de entre los que superaron las pruebas de especialización de 2011, y decidió también la situación en la que debían quedar Velasco y López, adscribiéndoles a esa misma Sala.

Fernández Prado recurrió ante el Supremo lo relativo a esa adscripción y el alto tribunal estimó que el CGPJ había excedido el alcance de la sentencia, al pronunciarse sobre el destino profesional de los magistrados Velasco y López en el acuerdo en el que ejecutaba la misma y no mediante "un acto administrativo independiente de aquella y por tanto susceptible de control tanto en vía administrativa como posteriormente en vía jurisdiccional".
La Comisión Permanente, atendiendo a lo ordenado por el Tribunal Supremo, ha aprobado en su reunión de hoy un nuevo acuerdo, independiente de la ejecución de la sentencia origen del asunto y que se sitúa en el ámbito estrictamente organizativo competencia del CGPJ, en el que se reitera la adscripción de los dos magistrados a la Sala de Apelación, ya que el alto tribunal no cuestionó la conformidad a Derecho de la decisión en su auto de 10 de julio.

El texto del acuerdo es el siguiente: "Adscribir a los magistrados Eloy Velasco Núñez y Enrique López López a la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, debiendo concursar para obtener plaza en propiedad. Ello sin perjuicio de que la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, en el supuesto de insuficiencia de trabajo en la Sala de Apelación, pudiera proponer una adscripción obligatoria, en régimen de comisión de servicio sin relevación de funciones, en función de las necesidades del servicio".

 

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