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19/04/2024. 02:44:16

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El Código Civil será más estricto con los maltratadores

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La nueva normativa, que complementa la Ley contra la Violencia de Género, no permitirá que los agresores hereden de sus parejas ni de sus hijos o de sus padres.

El Código Civil será más estricto con los maltratadores

El Código Civil será modificado en términos que afectan a los maltratadores. Éstos no podrán heredar de sus parejas ni de sus hijos o de sus padres si estas personas fueran las maltratadas. Además, tampoco heredarán quienes incurran en "delitos contra la libertad, la integridad moral, sexual" o incumplan los "deberes familiares" como pasar la pensión por alimentos después de una separación. Se trata de una propuesta adoptada por el Gobierno a instancias del Grupo Parlamentario Socialista.

Además, la nueva normativa, que complementa la Ley contra la Violencia de Género aprobada en diciembre de 2004, modificará la parte de la legislación que especifica los motivos por los que una persona puede ser desheredada. Es la llamada "indignidad sucesoria".

El Partido Socialista considera que no se puede permitir que el maltratador herede de la persona maltratada porque la posibilidad de que la esposa, el padre, la madre o el hijo del maltratador fallezcan antes que el agresor existe, y el culpable puede beneficiarse de su víctima.

El artículo 756 del Código Civil señala que "son incapaces de suceder por causa de indignidad el que fuere condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes y ascendientes". El Partido Socialista pretende que este artículo se cambie en dos aspectos.

Por una parte, con la ampliación del círculo de personas afectadas por el supuesto de indignidad, como los "ex cónyuges o personas con quienes el agresor estuviere o hubiese estado ligado de forma estable por análoga relación de efectividad".

Por otra parte, el Gobierno pretende ampliar los hechos motivos de delito que permiten fundar la indignidad sucesoria, de forma que se contemplen la comisión de delitos "contra la vida, de lesiones graves, torturas o contra la integridad moral o contra la libertad y la indemnidad sexual, y delitos contra los derechos y deberes familiares".

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