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28/03/2024. 23:06:51

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El Congreso pide al Gobierno que determine un sistema de pensiones para trabajadores a tiempo parcial

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Tras la Sentencia del Tribunal Constitucional 61/2013 relativa a la cuestión de Inconstitucionalidad 5862-2003 planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia en relación con la Disposición adicional séptima del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado ayer una proposición no de ley Ley relativa a la determinación del sistema de pensiones para trabajadores a tiempo parcial y para la definición del factor de sostenibilidad, presentada por los grupos Popular, Socialista, de CiU y del PNV. Esta proposición no de ley insta al Gobierno a que, en el marco de la Comisión parlamentaria sobre Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo y el Diálogo Social, se proceda a elaborar, con el máximo nivel de acuerdo, la normativa que regule un nuevo sistema de cotización del tiempo parcial en el sistema de Seguridad Social.

Fachada del cognreso de los diputados

De este modo, la Cámara quiere que el Gobierno dé "efectivo y adecuado cumplimiento a lo dispuesto en la Sentencia del Tribunal Constitucional 61/2013 relativa a la cuestión de Inconstitucionalidad 5862-2003 planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia en relación con la Disposición adicional séptima del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social".

Esta iniciativa emplaza también al Ejecutivo a tener en cuenta el factor de sostenibilidad previsto en el artículo 8 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

Sentencia del Tribunal Constitucional

La sentencia del Tribunal Constitucional, que trae causa de una anterior del  Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del pasado mes de noviembre, calificaba de discriminatorio el trato que daba la legislación española a los trabajadores a tiempo parcial respecto a los contratados a tiempo completo.

¿Quiere saber más acerca de la sentencia del TJUE? 

El fallo dictado ahora por el Constitucional, en otro procedimiento, coincide con la interpretación de la justicia europea y considera que la regla de cálculo contenida en la normativa española "lesiona" el derecho a la igualdad (artículo 14 de la Constitución española) y es "discriminatoria" por razón de sexo, ya que la mayor parte de los trabajadores a tiempo parcial en España son mujeres.

El Tribunal Constitucional dispone la nulidad de la legislación en vigor sobre esa materia, aunque que no le corresponde  pronunciarse sobre ninguna solución. En este sentido, será el Gobierno quien trabajará en la línea de evitar que se produzca inseguridad jurídica para los ciudadanos que pudiesen verse afectados.

La nulidad de pleno derecho del precepto, aunque es efectiva desde la publicación de la sentencia del Constitucional en el BOE, "comporta la expulsión del precepto (regla segunda del apartado 1 de la disposición adicional séptima de la LGSS) del ordenamiento jurídico desde la misma fecha en que se produjo su entrada en vigor". Es decir, se anula el cálculo de los periodos de cotización por trabajo a tiempo parcial, desde el momento en que fue efectiva la norma.

Debido a las importantes repercusiones que para la Seguridad Social española tiene el fallo del Constitucional, el ministerio de Empleo y Seguridad Social estudiará con los agentes sociales y los miembros de la Comisión del Pacto de Toledo soluciones alternativas a las dos sentencias emitidas, en relación con la jubilación derivada del trabajo a tiempo parcial.

El Gobierno ya se reunió en su momento con  los agentes sociales para iniciar un proceso de análisis y evaluación de las alternativas a abordar. Ahora, el proceso tendrá continuación, y se planteará la cuestión en el seno de la Comisión parlamentaria del Pacto de Toledo para afrontar sus consecuencias con el máximo nivel de acuerdo.

¿Quiere leer la Sentencia del TC?

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