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29/03/2024. 07:48:07

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El Consejo de Ministros aborda el plan de apoyo al comercio minorista y la reforma de la legislación de protección a la infancia

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La reunión del Consejo de Ministros de hoy prevé aprobar, por iniciativa del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en colaboración con otros departamentos textos que reformarán la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, el Código Civil, la Ley de Adopción Internacional y la Ley de Enjuiciamiento Civil para dotar de un marco renovado de protección a la infancia. Otro de los temas a los que se podría dar luz verde es el relativo al apoyo al comercio minorista.

Consejo de Ministros

Los textos de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, el Código Civil, la Ley de Adopción Internacional y la Ley de Enjuiciamiento Civil verán modificados algunos de sus preceptos que tienen que ver con la infancia. Se trata de un trabajo coordinado por el  Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en colaboración fundamentalmente con el Ministerio de Justicia y el Ministerio del Interior.

Entre otros aspectos, se aprobarán algunas modificaciones  como la limitación de la guardia voluntaria de menores a dos años después de los que se podrá declarar el desamparo del niño, tras lo que podrá entrar en la red de acogida, a la vez que dicha acogida se intentará que sea preferencialmente en familias, descartando las intituciones, reduciendo la  intervención judicial.

Se prevé crear la figura de la guarda con fines de adopción, se dotará de más rapidez a los procedimientos de adopción, se creará el marco para que los padres que tengan algún hijo tutelado por las administraciones puedan ser declarados idóneos para adoptar y, asimismo, se posibilitará que los que hayan tenido que devolver a un menor en un proceso de adopción frustrado no tengan la prohibición de poder volver a iniciar un nuevo proceso.

Se ha previsto además que en el Anteproyecto de Ley de Protección a la Infancia y del Estatuto Jurídico de la Víctima se establezca la obligación del juez de pronunciarse de oficio en la comparecencia de la orden de protección sobre la adopción de medidas civiles cuando haya hijos menores, o hijos con la capacidad judicialmente complementada dependientes de mujeres víctimas de violencia de género. Anteriormente los jueces lo llevaban a cabo a instancia de parte o del Ministerio Fiscal.

Además, el artículo 130 del Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado en Consejo de Ministros de 4 de abril organiza  las competencias del Juez de Violencia sobre la Mujer haciéndole conocer, entre otros aspectos del orden penal, de la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por los delitos recogidos en los títulos del Código Penal relativos a homicidio, aborto, lesiones, lesiones al feto, delitos contra la libertad, delitos contra la integridad moral, contra la libertad e indemnidad sexuales, contra la intimidad y el derecho a la propia imagen, contra el honor o cualquier otro delito cometido con violencia o intimidación, siempre que se hubiesen cometido sobre los menores o personas con la capacidad judicialmente complementada que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho de la esposa o conviviente, cuando también se haya producido un acto de violencia de género. 

En el orden civil, conocerá, entre otros aspectos, de filiación, maternidad y paternidad, de relaciones paterno filiales, de asuntos que tengan por objeto la adopción o modificación de medidas de trascendencia familiar, que versen sobre guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos reclamados por un progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores, ue versen sobre la necesidad de asentimiento en la adopción, o que tengan por objeto la oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores.

Plan Integral de Apoyo a la Competitividad del Comercio Minorista 2014

El Ejecutivo, además, tiene previsto dar luz verde al Plan Integral de Apoyo a la Competitividad del Comercio Minorista 2014. En cuanto a este plan, coordinado por el Ministerio de Economía con la colaboración del resto de Ministerios, el objetivo es facilitar una serie de medidas para fomentar el crecimiento competitivo y equilibrado del comercio minorista.

Con la colaboración de Comunidades Autónomas, entidades locales, Cámaras de Comercio y organizaciones empresariales, el plan contempla medidas para impulsar la competitividad del comercio, enfocadas a la consolidación del empleo e impulso de las ventas.

Asimismo, recoge acciones para facilitar la incorporación de nuevas tecnologías, así como la regulación de fondos a través de préstamos y la ampliación de la liberalización de horarios comerciales en zonas de especial afluencia turística a varias ciudades.

 

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