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28/03/2024. 20:38:14

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El Consejo de Ministros aprobará en enero la norma que permitirá reabrir Garoña

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Esta posibilidad se crearía en el Real Decreto para la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y los residuos radiactivos.

En el mes de enero, previsiblemente, el Consejo de Ministros verá la normativa que permitirá reabrir la Central Nuclear de Garoña, sin actividad desde el 6 de julio de este año en virtud de la Orden IET/1453/2012, de 29 de junio, por la que se revoca parcialmente la Orden ITC/1785/2009, de 3 de julio, por la que se acuerda como fecha de cese definitivo de la explotación de la central nuclear de Santa María de Garoña el día 6 de julio de 2013, y se autoriza su explotación hasta dicha fecha.

Una persona con una pancarta de apoyo a la central de Garoña

Nuclenor afronta desde el sábado 6 de julio la declaración del cese definitivo de explotación de la Central Nuclear de Santa María de Garoña por razones económicas, y no técnicas ni de seguridad. A partir de este momento la situación administrativa de la central es la de cese de actividad y comienzo de la fase de predesmantelamiento de la instalación.

El Gobierno trabaja prácticamente desde ese momento en dar el soporte normativo suficiente para que la central, gestionada por Endesa e Iberdrola, vuelva a funcionar; ya que el cierre establecido por Orden Ministerial se debe a que no se soportan los gastos sobrevenidos tras la Ley 15/2012, de Medidas Fiscales para la Sostenibilidad Energética, cuya aplicación supone un aumento de los costes de la Central Nuclear de Santa María de Garoña en más de un 30%.

Ya en septiembre de 2012 Nuclenor (empresa que gestiona la central) no solicitó la renovación del permiso de funcionamiento al presuponer, como luego se confirmó, que la nueva Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales para la Sostenibilidad Energética que iba a entrar en vigor hacía inviable económicamente el funcionamiento de la central. Ese mismo año, la instalación había invertido más de siete millones de euros en proyectos exclusivamente destinados a la continuidad.

De hecho, en lo que será el Real Decreto para la gestión responsable y segura del combustible nuclear gastado y los residuos radiactivos, que saldrá probablemente en enero de 2014 figurará que el cese de la actividad tendrá "carácter definitivo cuando haya estado motivado por razones de seguridad nuclear o de protección radiológica. En otro caso, el titular podrá solicitar, a fin de reanudar la actividad, la renovación de la autorización de explotación dentro del plazo de un año".

Orden de cierre

La Orden IET/1453/2012, de 29 de junio, por la que se revoca parcialmente la Orden ITC/1785/2009, de 3 de julio, por la que se acuerda como fecha de cese definitivo de la explotación de la central nuclear de Santa María de Garoña el día 6 de julio de 2013, y se autoriza su explotación hasta dicha fecha ha provocado el cese de la actividad.

El 16 de mayo de este año Nuclenor planteó al Ministerio de Industria la revocación parcial de la Orden Ministerial del 29 de junio de 2012 con el fin de mantener abierta la posibilidad de solicitar la renovación por un año de la autorización vigente, manteniendo la central parada. Dicho escrito se presentó ante la expiración (que fue el 6 de julio) de la vigente autorización de explotación de la Central, teniendo en cuenta que todavía no se había recibido respuesta de la Dirección General de Tributos a la consulta vinculante realizada.

Al respecto, el ministro de Industria explicó el 19 de junio en la Comisión de Industria, Energía y Turismo del Congreso de los Diputados que, aún disponiendo del informe favorable del CSN, "la modificación solicitada por Nuclenor no pudo ser concedida por el Ministerio por la imposibilidad del cumplimiento de los plazos previstos en la ley que regula el procedimiento administrativo".

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