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29/03/2024. 02:01:03

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SEGÚN ADELANTA LA VICEPRESIDENTA DEL GOBIERNO

El Consejo de Ministros aprueba mañana la Ley de Emprendedores, que rebaja la presión fiscal a las PYME

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La Ley de emprendedores dará posibilidad de pagar el IVA al cobrar efectivamente la factura Se crea un régimen especial en el IVA, de carácter voluntario, que permitirá evitar ingresar el IVA hasta que se cobre la factura.

El Consejo de Ministros que se celebrará mañana tiene ya en agenda aprobar la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su internacionalización. El texto es en realidad un desarrollo de un Decreto Ley que se aprobó en el mes de febrero pasado. Destacan las medidas fiscales para las pequeñas y medianas empresas y también la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, con cuestiones como la ‘tarifa plana’ de 50 euros en la Seguridad Social para jóvenes autónomos, la posibilidad de cobrar el paro y tener una actividad por cuenta propia o el aumento de posibilidades para capitalizar la prestación económica por desempleo.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, junto a la Vicepresidenta Sáenz de Santamaría, durante el Consejo de Ministros

Ayer se explicó que la nueva norma de apoyo a los emprendedores facilitará la agilización y simplificación administrativa para crear una empresa y establece los puntos de atención al emprendedor a través de los cuales tendrá acceso a toda la documentación y solicitudes, así como a la información sobre apoyo financiero y ayudas. Los emprendedores podrán constituir una sociedad en 18 días y se crea la figura del emprendedor de responsabilidad limitada y las medidas para facilitar la segunda oportunidad.

El colchón del pago del IVA puede dar un poco de estabilidad a las pequeñas y no tan pequeñas empresas. De todos modos, es algo que ya se le plantó formalmente al Gobierno a principios de febrero.

La solución propuesta en su día por una representación de autónomos consistía en hacer pagar el IVA al moroso. Se haría aplicando el principio de inversión del sujeto pasivo (tal y como ha tenido lugar recientemente con la Ley 7/2012, que ha modificado la Ley 37/1992, en su art. 84. Uno. 2º f), de modo que el deudor moroso destinatario de la operación pasará a ser el obligado tributario para la liquidación del IVA de las facturas que ha impagado, en lugar del emisor de las mismas. Así, la Agencia Estatal de Administración Tributaria podría reclamar directamente el pago de dicho IVA al destinatario de la operación. Con esta iniciativa se podrían detectar empresas morosas porque permitiría a la Agencia Tributaria conocer a aquellos contribuyentes que se han desgravado un IVA que no han pagado.

"Con el objetivo de salvaguardar los intereses de estos colectivos frente a la rampante morosidad, hemos diseñado una alternativa que sustituye el criterio de devengo por el de caja en la liquidación del IVA de pymes y autónomos recurriendo a soluciones ya utilizadas por la Agencia Tributaria que permiten eludir los problemas técnicos que retrasan la implantación", explicaba el presidente de la PMcM, Antoni Cañete. El 78% de las grandes empresas españolas creen que hay poca o ninguna estabilidad en las normas fiscales.

¿Qué beneficios fiscales tiene la Ley de Emprendedores?

  • IVA de Caja: Se crea un régimen especial en el IVA, de carácter voluntario, que           permitirá evitar ingresar el IVA hasta que se cobre la factura.
  • Deducción por inversión de beneficios: Podrán tener derecho a aplicar este incentivo, con     un 10% de reducción, las empresas de reducida dimensión.
  • Las deducciones por gastos e inversiones en I+D podrán opcionalmente ser objeto de aplicación sin quedar sometida a ningún límite en la cuota y resultar abonada, con un descuento conjunto del 20% de su importe, cuando no hayan podido aplicarse por insuficiencia de cuota.
  • Ampliación del "patent box" (reducción de rentas procedentes de determinados activos intangibles): El porcentaje de integración en la base imponible de las rentas procedentes de la cesión del uso o explotación de los activos será del 40% o 60% según los casos, sin límite cuantitativo vinculado con el coste de creación del activo.
  • Business angel (inversores de proximidad) y capital semilla: Sistema de capital-riesgo donde el inversor es un particular, que disfruta de un doble beneficio fiscal: a) Con ocasión de inversión realizada, una deducción del 20% en la cuota estatal de su IRPF. b) Con ocasión de la posterior desinversión, exención total de la ganancia patrimonial que se generase, siempre y cuando se reinvirtiera en otra entidad de nueva o reciente creación.

La Ley de Emprendedores facilitará la entrada de inversores extranjeros que creen empleo

Fátima Báñez ha destacado que se facilitará la entrada y residencia de inversores y emprendedores extranjeros que acrediten tener intención de realizar inversiones económicamente relevantes, que pretendan emprender y crear puestos de trabajo en nuestro país. Igualmente se facilitará la atracción de profesionales altamente cualificados e investigadores.

El Programa Nacional de Reformas prevé un nuevo régimen de visados y autorizaciones de residencia para impulsar la atracción de talento e inversión, muy ágil y con validez en todo el territorio nacional, que se aplicará a los extranjeros que inviertan en proyectos empresariales creando puestos de trabajo, realizando una inversión con impacto socioeconómico de relevancia o una aportación relevante en la innovación científica o tecnológica.

La futura Ley de Emprendedores y la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven forman parte, según explicó la Ministra, de la agenda de reformas de segunda generación "necesaria para que vuelva el crecimiento económico que anunció el presidente del Gobierno en el Debate del Estado de la Nación".

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