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19/03/2024. 03:39:16

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El Ejecutivo aprueba las tasas ‘Google’ y ‘Tobin’, por las que recaudará menos de lo previsto

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El Consejo de Ministros aprobó ayer la remisión a las Cortes Generales de los Proyectos de Ley que crean el Impuesto sobre las Transacciones Financieras, conocido como Tasa Tobin y el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, conocido como tasa Google.

María Jesús Montero, Yolanda Díaz e Irene Montero

Para la primera el Ejecutivo prevé una recaudación de 850 millones de euros, mientras que para la segunda ha reducido su estimación de 1.200 a 968 millones, debido a, en palabras de la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, a "la desaceleración y la consulta del impacto de impuestos similares en otros países". Estos dos nuevos tributos ya se presentaron en la anterior legislatura, pero su tramitación no pudo completarse por la convocatoria de elecciones.

Impuesto sobre Transacciones Financieras

El Proyecto de Ley del Impuesto sobre Transacciones Financieras grava unas operaciones que no se encuentran sujetas en estos momentos a impuesto alguno. Se trata de un impuesto indirecto que grava con un 0,2 % las operaciones de adquisición de acciones de sociedades españolas, con independencia de la residencia de los agentes que intervengan en las operaciones, siempre que sean empresas cotizadas y que el valor de capitalización bursátil de la sociedad sea superior a los 1.000 millones de euros. De esta forma, se evita que el Impuesto afecte a la compraventa de acciones de pymes.

Entre las adquisiciones que estarán exentas de dicho gravamen, destacan, además de las operaciones del mercado primario, las necesarias para el funcionamiento de infraestructuras del mercado, las de reestructuración empresarial, las que se realicen entre sociedades del mismo grupo y las cesiones de carácter temporal. La liquidación del Impuesto será mensual y los contribuyentes deberán presentar una declaración anual. La estimación de ingresos de este gravamen es de 850 millones de euros anuales.

Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales

El Consejo de Ministros también aprobó ayer el Proyecto de Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales con el objetivo de adaptar la tributación a los nuevos modelos de negocio digital. El objetivo del Impuesto, de carácter indirecto, es gravar servicios digitales en los que existe una contribución esencial de los usuarios en el proceso de creación de valor de la empresa que presta esos servicios, y a través de los cuales la empresa monetiza esas contribuciones de los usuarios.

El Impuesto afecta a aquellas empresas cuyo importe neto de su cifra de negocios supere los 750 millones de euros a nivel mundial y cuyos ingresos derivados de los servicios digitales afectados por el impuesto superen los tres millones de euros en España.  

El tipo de gravamen del impuesto es del 3 % y se aplica a tres conceptos: la prestación de servicios de publicidad en línea; servicios de intermediación en línea; y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario.

Quedan excluidas la venta de bienes o servicios entre los usuarios en el marco de un servicio de intermediación en línea; y las ventas de bienes o servicios contratados en línea a través de la web del proveedor de esos bienes o servicios en la que el proveedor no actúa como intermediario.

La recaudación estimada es de 968 millones de euros y su liquidación tendrá una periodicidad trimestral. Sin embargo, de manera excepcional, este primer año el pago se efectuará a finales de 2020, decisión que ha sido interpretada como una manera de que España no sea el primer país en aplicarlo y evitar así represalias de Estados Unidos, que ha amenazado con imponer fuertes aranceles a los productos de los países que la apliquen.

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