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25/04/2024. 16:30:59

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El Ejecutivo impulsa las TIC en la Administración y simplifica la firma electrónica

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El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto acerca de la organización e instrumentos operativos de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el sector público administrativo estatal, junto a Cl@ve, la plataforma común del sector público administrativo estatal para la identificación, autenticación y firma electrónica. Este sistema sustituye al actual de acceso electrónico en la red que se basa en la obtención de un certificado de firma electrónica. Cl@ve se basa en un sistema de claves concertadas más ágil y eficiente de fácil obtención y utilización. Las medidas previstas se llevarán a cabo sin incremento de gasto público.

Sáenz de Santamaría y Soria

Real Decreto sobre organización e instrumentos operativos de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el sector público administrativo estatal

Hasta ahora, la estructura de gobernanza de las TIC en el sector público administrativo estatal ha tenido sus pilares en los órganos colegiados de Administración electrónica. Lo que se implanta es la presencia de unidades TIC ministeriales que conozcan profundamente el ámbito de trabajo específico del Departamento para diseñar servicios digitales adaptados a las necesidades de ciudadanos y empresas.

Objetivos

La gobernanza de las TIC en el sector público administrativo estatal se reforma con tres objetivos básicos:

– Orientar las actuaciones y líneas estratégicas en las TIC de forma que tengan como principal objetivo satisfacer las necesidades derivadas de la estrategia global del Gobierno y disponer de una planificación estratégica común para todo el sector público administrativo estatal.

– Potenciar la Administración digital y las TIC como los instrumentos que permitan hacer sostenible el constante proceso de innovación y mejora en la calidad de los servicios ofrecidos por la administración que demandan ciudadanos y empresas, e incrementar la productividad de los empleados públicos.

– Racionalizar el uso de los recursos informáticos de forma que se consiga una mayor eficiencia, proporcionando un ahorro sustancial de costes de todo tipo, y en especial en el resto de la actividad administrativa.

En todo caso, se hace necesario favorecer el diseño de sistemas de compras que sean capaces de conseguir ahorros importantes, dado que el proceso de contratación actual adolece de falta de flexibilidad para aprovechar el estado de madurez del sector TIC español.

Sistema colaborativo de identificación, autenticación y firma electrónica

En aplicación de la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, diferentes sistemas de identificación, autenticación y firma, se diseña un sistema colaborativo de identificación, autenticación y firma electrónica llamado a resolver las limitaciones de los actuales, integrando los sistemas de claves concertadas de la Administración ya existentes en uno único y abriendo su utilización a la totalidad del Sector Público Administrativo Estatal.

Los interesados que quieran usar el sistema deberán facilitar los datos de carácter personal necesarios para habilitar los servicios de identificación, autenticación y firma electrónicas. Estos datos se integrarán en el fichero Cl@ve de datos de carácter personal, que se creará en los términos previstos en la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.

Tipos de identificación

Habrá dos tipos de identificación en esta plataforma común del sector público administrativo estatal:

            a) Cl@ve ocasional: sistema de contraseña de validez muy limitada en el tiempo, orientado        usuarios que acceden esporádicamente a los servicios.

            b) Cl@ve permanente: sistema de contraseña de validez duradera en el tiempo pero no ilimitada, orientado a usuarios habituales.

El Sector Público Administrativo Estatal deberá habilitar el sistema Cl@ve en todos los servicios y trámites electrónicos dirigidos a los ciudadanos antes del 1 de octubre de 2015. Estarán excluidos los servicios y trámites dirigidos a ciudadanos que estén obligados por la normativa vigente al uso exclusivo de certificados electrónicos incluidos en el ámbito de la Ley de Firma Electrónica, así como el resto de trámites o servicios en los que la normativa reguladora no permita la utilización por los ciudadanos de los sistemas de identificación, autenticación y firma.

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