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19/03/2024. 10:55:07

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El Ejecutivo transpone de urgencia MIFID II, más de un año después de que finalizara el plazo

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El Ejecutivo ha recurrido finalmente a la vía de urgencia, mediante la fórmula del Real Decreto-ley, para modificar el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y transponer la Directiva 2014/65, relativa a los mercados de instrumentos financieros, más conocida como MIFID II. La norma ha tomado cuerpo en el Real Decreto-ley 14/2018, de 28 de septiembre, que fue publicado en el BOE del pasado sábado.

Isabel Celaá

La principal razón de urgencia radica en que el plazo para su transposición finalizó el pasado 3 de julio de 2017, motivo por el que la Comisión Europea interpuso una demanda ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por incumplimiento, con propuesta de sanción. Como se recordará, en diciembre de 2017 el anterior Ejecutivo aprobó el Anteproyecto de Ley del Mercado de Valores, texto que preveía incorporar al ordenamiento jurídico las directivas del Parlamento y el Consejo Europeos posteriores a la entrada en vigor de la Ley del Mercado de Valores, que data del año 1998.

El Real Decreto-ley tiene como finalidad completar la transposición en normas de rango legal de la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros.

Con carácter general, la transposición permite reforzar de forma sustancial la protección al inversor, incrementando el nivel de exigencia y concreción en las obligaciones de información al cliente, y el grado de control que se exige sobre cualquier circunstancia que afecte a los conflictos de interés de las empresas de servicios de inversión respecto al marco contemplado por MIFID I. Además, Mifid II otorga nuevas facultades de supervisión a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y concreta las obligaciones de cooperación entre estos organismos, las autoridades nacionales supervisoras de la Unión Europea y la Agencia Europea de Mercados y Valores (AEVM).

Comisiones, retrocesiones u otro tipo de incentivos

La Directiva cambia la forma que el sector financiero tenía de comercializar fondos de inversión. Así, prohíbe el cobro de comisiones, retrocesiones u otro tipo de incentivos en determinados supuestos, y solo lo permite cuando se justifique "por la mejora de la calidad del servicio prestado al cliente y siempre que el incentivo no genere únicamente un beneficio para la empresa de servicios de inversión (ESI), sino que exista un beneficio también para el cliente". El objetivo de esta medida es mejorar la gestión y la eliminación del conflicto de interés de la comercializadora a la hora de seleccionar los productos más adecuados para sus clientes. Hasta ahora las entidades financieras no debían justificar el haber realizado un asesoramiento previo para cobrar una comisión.

Depósitos estructurados

En cuanto a los depósitos estructurados, reciben un trato que hasta ahora no tenían; el de cualquier otro instrumento financiero. Son aquellos cuya rentabilidad depende de la evolución de un índice o del precio de un activo financiero. Mifid II establece que las entidades de crédito deben cumplir con las normas relativas al buen gobierno de la entidad, implantar medidas para evitar los conflictos de interés y asumir obligaciones sobre registros de grabaciones y normas de conducta, como son la clasificación de clientes, gobernanza de productos, evaluación de la conveniencia e idoneidad, remuneraciones y gestión de órdenes; es decir, reciben un trato que hasta ahora no tenían, el de cualquier otro instrumento financiero.

En línea con el incremento del nivel de protección del inversor, la norma regula la obligación de diseñar productos de conformidad con un proceso coherente y con una correcta identificación de clientes potenciales, en función de su nivel de conocimientos financieros o perfil de riesgo, con la finalidad de asegurar que el producto es conveniente para el tipo de cliente al que se dirige. Estos procedimientos deberán ser aprobados por el propio Consejo de Administración.

Accede al Real Decreto-ley 14/2018

 

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