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29/03/2024. 00:46:15

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El embajador de Estados Unidos en España reconoce programas de seguridad nacional “para la protección de nuestros ciudadanos y coordinación con los aliados”

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En la convocatoria ayer del Embajador de Estados Unidos James Costos al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para esclarecer las informaciones aparecidas sobre el sistema de espionaje masivo por parte de la Agencia de Seguridad Nacional (NSA) de Estados Unidos, el Gobierno ha reiterado al Embajador su preocupación por las informaciones aparecidas en los medios de comunicación en los últimos días y le ha subrayado el necesario equilibrio que todo sistema debe mantener entre la seguridad y la defensa de la privacidad e intimidad de las comunicaciones, tal como recoge claramente la legislación española.

James Costos

España ha transmitido a Estados Unidos la importancia de preservar el clima de confianza que rige en las relaciones bilaterales y de conocer el alcance de unas prácticas que, de ser ciertas, son impropias e inaceptables entre socios y países amigos.

El secretario de Estado para la Unión Europea, Iñigo Méndez de Vigo,  se ha referido a las  gestiones diplomáticas realizadas en julio por el secretario de Estado de Asuntos Exteriores ante la subsecretaria de Asuntos Políticos del Departamento de Estado y, en agosto, por el subdirector general de América del Norte ante el Encargado de Negocios en Madrid, junto con las actividades del grupo de trabajo ad hoc Unión Europea-Estados Unidos sobre protección de datos. Ha instado a las autoridades de Estados Unidos a que faciliten toda la información necesaria sobre las supuestas escuchas realizadas en España.

Unión Europea

El Parlamento Europeo puso en marcha en julio una investigación sobre el escándalo de la vigilancia de la agencia estadounidense responsable de la seguridad de aquel país, y sobre sus repercusiones en los ciudadanos de la Unión Europea. "Una prioridad fundamental de esta investigación es recopilar a partir de las fuentes estadounidenses toda las informaciones relevantes y las pruebas", explicó a través de una declaración escrita el eurodiputado laborista británico Claude Moraes. Moraes es el principal responsable de la investigación iniciada por la comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento Europeo, y encabeza la delegación de la Eurocámara que entre este lunes y el miércoles se reunirá en Washington con las autoridades estadounidenses, congresistas, abogados, académicos y representantes de la sociedad civil.

El Parlamento Europeo ha pedido a la Comisión, el Consejo y los países de la UE que consideren todos los instrumentos de que disponen en las negociaciones con EE.UU., incluida la posible suspensión de los acuerdos sobre el registro de nombres de pasajeros (PNR, en sus siglas en inglés) y sobre transferencias de datos bancarios con fines antiterroristas (TFTP, también por sus siglas en inglés): "el acuerdo comercial con EE.UU. no debe menoscabar las normas de la UE sobre privacidad ni las negociaciones en curso en la Unión Europea sobre el paquete de protección de datos", destaca el texto, y añade que sería "desafortunado" que los esfuerzos para concluir un acuerdo comercial con EE.UU. se vieran afectados por las supuestas actividades de vigilancia.

Profundizamos en estos aspectos con Alejandro Touriño, socio de Information Technology de ECIJA

Hemos preguntado a Alejandro Touriño, acerca de aspectos más específicos de qué está pasando y sobre todo cómo podría evolucionar la normativa de y la práctica de los abogados en el caso   PRISM: ¿Cómo cree que responderán los proveedores de los servicios de Internet que ahora son espiados y que por una parte tienen que cumplir con el Gobierno y la ley (Patriot Act) y por otro tienen que satisfacer las demandas de confidencialidad de sus clientes?

"El vínculo contractual con un cliente -matiza Touriño- no se rompe cuando la revelación de información viene dada por la existencia de una norma imperativa. Es decir que, pese a lo que digan las partes (proveedor de servicios y cliente) en un contrato privado, si una norma imperativa exige la aportación de información a una autoridad gubernamental, ese deber de confidencialidad no se vulnera".

"Lo que ocurre -continua- es que cuanto mayor y más constante sea la exigencia de aportar información por parte del gobierno norteamericano, mayor será la desconfianza de los usuarios en sistemas que dependen de terceros, es decir, mayor será la desconfianza en el correo electrónico, en los sistemas de telecomunicaciones o en los sistemas de cloud computing".

Al parecer, el programa PRISM sigue la pista de internautas de fuera de Estados Unidos. ¿Qué debería, en su opinión, hacer el Gobierno español y en última instancia la Unión Europea? ¿Cómo encaja lo que se ha denunciado en la legislación de este lado del Atlántico?

"La cuestión sobre qué debería hacer el gobierno español al respecto no es sencilla" introduce socio de Information Technology de ECIJA. "Lo primero que deberíamos delimitar es que los principales derechos afectados son el derecho a la intimidad y a la protección de datos".

"El derecho a la intimidad se encuentra, además de consagrado constitucionalmente, regulado en la Ley Orgánica 1/82 de protección civil al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen y prevé expresamente como vulneración de la intimidad "el emplazamiento en cualquier lugar de aparatos de escucha, de filmación, de dispositivos ópticos o de cualquier otro medio apto para grabar o reproducir la vida íntima de las personas". La dificultad estribaría, en su condición de derecho personalísimo, en la necesidad del ciudadano de interponer una acción frente al Gobierno de los EEUU o frente a los fabricantes que revelan datos de su vida íntima por supuesta vulneración de su derecho a la intimidad".

"En lo que a la protección de datos se refiere, es importante recordar que el Tribunal Constitucional ha señalado reiteradamente la protección de datos como un derecho fundamental y autónomo. Lo que ocurre es que la regulación establece el centro de la protección de datos en función del lugar de tratamiento de los datos y no de la nacionalidad de los interesados, de las personas cuyos derechos fundamentales se ven afectados. Lo anterior no sería solamente contradictorio con el carácter de fundamental del derecho sino que desatienden el derecho de los ciudadanos de la UE cuando los datos son tratados en EEUU. En Europa, ciertamente somos más garantistas respecto de los derechos a la intimidad y la protección de datos de lo que lo son en EEUU, por lo que parece más improbable que un plan como PRISM fuese implantado a nivel de la UE".

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