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28/03/2024. 15:13:28

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El Gobierno envía a las Cortes el Proyecto de Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros

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Íñigo Méndez de Vigo

Tal y como estaba previsto en el Plan Anual Normativo, el Gobierno ha impulsado la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros privados, que recibió el visto bueno del Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes. Tres son las claves de la reforma: desde el punto de vista legislativo, la transposición de la Directiva 2016/97 y desde el de los objetivos que persigue, aumentar la protección de los asegurados mediante el incremento de la transparencia y, en línea con lo anterior, establecer unas condiciones de competencia equitativa para todos los operadores del sector.

El texto, que será ahora enviado a las Cortes Generales, se materializa como la prolongación legislativa del aprobado como Anteproyecto de Ley el pasado 26 de enero y tras haber obtenido los dictámenes correspondientes. En palabras de ministro portavoz del Ejecutivo, Íñigo Méndez de Vigo, "la norma fija unas condiciones de competencia equitativa para todos los operadores del sector, que serán adecuadas y proporcionadas a los distintos tipos de canales de distribución". 

Incremento de la transparencia

En cuanto al primero de sus grandes objetivos, el incremento de la transparencia, establece medidas para evitar conflictos de interés y el diseño de productos más adecuados para el consumidor. Con carácter general, el cliente deberá ser informado de todos los costes, gastos y riesgos que asume en los productos de inversión basados en seguros.

En este ámbito se establecen medidas tales como:

  • El deber de informar al asegurado de todos los costes y gastos asociados. Se introduce además el concepto de ventas vinculadas y combinadas, es decir, aquellas que ofrecen productos de seguros conjuntamente con otros servicios o productos distintos de los seguros como parte de un mismo paquete o acuerdo. El distribuidor de seguros deberá informar en este caso si los distintos componentes pueden adquirirse de forma separada, e indicarle los correspondientes justificantes de los costes y gastos de cada componente.
  • El asegurado también debe ser advertido sobre los riesgos conexos a los productos de inversión basados en seguros o a determinadas estrategias de inversión propuestas.
  • Además, se le debe proporcionar una evaluación periódica de la idoneidad del producto de inversión cuando se ofrezca asesoramiento.

Competencia equitativa entre los distribuidores

La norma persigue establecer unas condiciones de competencia equitativa para todos los operadores del sector, que sean adecuadas y proporcionadas a los distintos tipos de canales distribución. Tal y como expone la citada Directiva, "a fin de garantizar que se aplique el mismo nivel de protección y que los consumidores puedan beneficiarse de normas comparables, en particular en el ámbito de la divulgación de información, es fundamental que haya unas condiciones de competencia equitativas entre los distintos distribuidores".

Añade además que "la presente Directiva debe promover un entorno equitativo y la igualdad de condiciones de competencia entre intermediarios, tanto si estos están ligados a una empresa de seguros como si no. El consumidor saldrá beneficiado si los productos de seguro se distribuyen a través de distintos canales e intermediarios con diferentes formas de cooperación con las empresas de seguros, siempre que tengan que aplicar normas similares en materia de protección del consumidor. Los Estados miembros deben tener en cuenta dichas circunstancias cuando apliquen la presente Directiva".

Nuevo régimen de infracciones y sanciones

A su vez, se refuerza el régimen de infracciones y sanciones. Se establecen procedimientos específicos para canalizar las denuncias públicas frente a infracciones en materia de distribución de seguros y reaseguros, fomentando así la colaboración de los profesionales que trabajen en el sector, sin que ello implique riesgos laborales para los que comuniquen estas irregularidades. Pero también se refuerzan los poderes de supervisión de las autoridades de los Estados miembros, de tal manera que se mejore la protección de los usuarios de seguros privados. A todo esto se suma una subida notable de las sanciones actuales (por disposición de la Directiva).

Afectará a 8.200 profesionales

Este Proyecto de Ley modifica la estructura del mercado de la distribución de seguros y reaseguros, fijando la tipología de distribuidores y los requisitos para acceder a esta actividad. En total, va a afectar a más de 3.200 corredores de seguros y 77.000 agentes de seguros sujetos a la supervisión de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, a los sujetos a la supervisión de las Comunidades Autónomas, y a todas las entidades de seguros que distribuyan seguros directamente.

Como ya adelantamos, con la reforma se pasa a considerar como distribuidores de seguros y reaseguros, más allá de los mediadores tradicionales (agentes y corredores), a las entidades aseguradoras y reaseguradoras; a los mediadores de seguros complementarios, entre los que se incluyen a los participantes en el mercado que distribuyen productos de seguros con carácter accesorio; y a los comparadores de seguros. Además, en el caso de los operadores de banca-seguros, la entidad de crédito o el establecimiento financiero de crédito podrá poner su red de distribución a disposición de más de un operador de banca-seguros.

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