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29/03/2024. 14:32:33

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El Gobierno lleva al Constitucional el proceso constituyente y el Departamento de Exteriores de Cataluña

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El Gobierno central ha rescatado la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) del pasado 2 de diciembre para instar al presidente del citado Tribunal de garantías para que declare la nulidad de la resolución del Pleno del Parlamento de Cataluña de creación de comisiones parlamentarias para la creación de la Comisión de Estudio del Proceso Constituyente.

Ana Pastor y Soraya Sáez de Santamaría

La decisión fue tomada en el Consejo de Ministros del pasado viernes. El Ejecutivo considera que el incidente de ejecución de sentencias aprobado es el  trámite procesal más idóneo, al entender que la presente Comisión constituye una infracción de lo resuelto por el TC en la mencionada sentencia de 2 de diciembre. Según el Gobierno, el objeto y contenido de la mencionada Comisión infringe el orden constitucional.

Dicha resolución del TC declaró la inconstitucionalidad de la resolución independentista del Parlamento de Cataluña del 9 de noviembre, que aprobó el "inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales del 27 de septiembre de 2015".

Fundamentación jurídica

En el acuerdo aprobado el viernes, el Ejecutivo afirma que en la sentencia el Tribunal declaró que, tanto la Resolución, como su Anexo, vulneran los artículos 1.1, 1.2, 2, 9.1 y 168 de la Constitución, y los artículos 1 y 2.4 del Estatuto de Autonomía de Cataluña. Considera, además, que los pronunciamientos suponen un reconocimiento a favor del Parlamento y del Gobierno de Cataluña de atribuciones superiores a las que derivan de la autonomía reconocida por la Constitución.

Como segundo argumento, el Gobierno hace suyo este del Tribunal Constitucional: considera que la Resolución del inicio del proceso político en Cataluña "pretende fundamentarse en un principio de legitimidad democrática" del Parlamento de Cataluña, "que está en absoluta contradicción con la Constitución y con el Estatuto de Autonomía, de forma que se trastocan los postulados del Estado de Derecho, basados en el sometimiento a la Ley y al Derecho y la propia legitimidad democrática del Parlamento de Cataluña que la Constitución reconoce y ampara".

Por último, el Gobierno reconoce que el propio TC "admite el planteamiento de concepciones que pretendan modificar el fundamento mismo del orden constitucional, siempre que se haga en el marco de los procedimientos de reforma previstos en la Constitución". Añade que, sin embargo, "la Comisión objeto de recurso no acata la obligatoriedad de emprender cualquier proceso de reforma a través de los cauces que expresamente prevé el texto constitucional y, por este motivo, supone una infracción de lo acordado en el Pleno del Tribunal en su sentencia 259/2015, lo que aconseja su impugnación por los trámites del incidente de ejecución de sentencia.

Consulta al Consejo de Estado sobre el Departamento de Asuntos Exteriores

El Gobierno ha anunciado también su intención de recurrir ante el Tribunal Constitucional la creación del Departamento de Asuntos Exteriores, Relaciones Institucionales y Transparencia. El primer paso, aprobado el viernes, ha sido solicitar al Consejo de Estado la emisión de dictamen para plantear un conflicto positivo de competencias al Gobierno de Cataluña.

La Comisión Permanente del Consejo de Estado debe ser consultada en los supuestos de impugnación ante el Tribunal Constitucional de las resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas, antes de la interposición del recurso de inconstitucionalidad o del planteamiento del conflicto de competencias, tal y como prevé la propia Ley Orgánica del Consejo de Estado.

El Gobierno considera que la definición de las funciones atribuidas al nuevo Departamento contradice el orden constitucional y de la garantía de las competencias reservadas al Estado, de acuerdo con el propio Estatuto de Cataluña, que establece en este sentido en su artículo 193 ("Disposiciones generales" sobre el Capítulo I "Acción exterior de la Generalitat" del Título V del Estatuto "Relaciones Institucionales") que "la Generalitat debe impulsar la proyección de Cataluña en el exterior y promover sus intereses en este ámbito respetando la competencia del Estado en materia de relaciones exteriores".

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