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29/03/2024. 14:30:42

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El Gobierno pide al TC que anule la ley ‘antifracking’ del País Vasco, como ya hizo con las de Cantabria y La Rioja

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El Consejo de Ministros solicitó el pasado viernes al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley del País Vasco de medidas de protección medioambiental para la extracción de hidrocarburos no convencionales y la fractura hidráulica o Fracking.

Soraya Sáez de Santamaría

El Gobierno afirma que esta solicitud de recurso se lleva a cabo después de que la negociación prevista en el artículo 33.2 de la Ley del Tribunal Constitucional haya sido infructuosa y tras avalar el Consejo de Estado que existen fundamentos jurídicos suficientes.

La Ley del País Vasco 6/2015, de 30 de junio, faculta a las Administraciones Públicas vascas para vedar el uso de la tecnología de fractura hidráulica en los supuestos en que pueda tener efectos negativos sobre las características geológicas, ambientales, paisajísticas o socioeconómicas de la zona y sobre otras competencias relacionadas con el aprovechamiento de hidrocarburos.

Argumentos

Ante un caso similar, el Tribunal Constitucional ha anulado las leyes de las Comunidades Autónomas de Cantabria y La Rioja (ver sentencias adjuntas) que prohibían el uso de la técnica de fractura hidráulica, por lo que, según el Ejecutivo, "se entiende que esa doctrina es trasladable al caso actual" en los aspectos siguientes:

  • La ley vasca vulnera la normativa básica estatal sobre régimen minero y energético.
  • Las competencias de la Comunidad Autónoma de desarrollo y ejecución en materia de medio ambiente en ningún caso la facultan para vaciar de sus competencias al Estado, especialmente cuando la normativa básica estatal establece el sometimiento de todos los proyectos a la previa declaración de impacto ambiental.
  • La norma establece que se aplicará por igual a todos los permisos, tanto a los ya concedidos o en tramitación, como a las solicitudes que se formulen a partir de la entrada en vigor de la norma, por lo que se vulnera el principio de seguridad jurídica.
  • La norma vasca incluye en su ámbito los hidratos de metano enterrados en el mar y, a este respecto, el Tribunal Constitucional ha señalado que las Comunidades Autónomas sólo pueden ejercer competencias sobre el mar si está previsto en los Estatutos de Autonomía o lo exige la naturaleza de la competencia a ejercer, pero ninguna de estas dos circunstancias concurre en este caso.

Acceda a la jurisprudencia del TC sobre fractura hidráulica:

http://www.tribunalconstitucional.es/es/jurisprudencia/paginas/Sentencia.aspx?cod=21086

http://hj.tribunalconstitucional.es/es/Resolucion/Show/24030

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