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28/03/2024. 09:25:32

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El juez atribuye a Camps y Barberá delitos de malversación, prevaricación, fraude y falsedad

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El magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, ve indicios racionales de que el expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps y la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, incurrieron en presuntos delitos continuados de malversación, prevaricación, fraude a la Administración y falsedad en documento oficial.

Juez José Castro

Así lo pone de manifiesto en la exposición razonada, de 70 páginas, que ha elevado al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en la que le propone que asuma la competencia para instruir la parte del caso Nóos que afecta a la supuesta participación de ambos en las negociaciones previas a la firma del convenio del Valencia Summit, por el que el Instituto Nóos percibió alrededor de tres millones de euros públicos.

E indaga si la Infanta informó a Hacienda

Además, José Castro ha solicitado a la Agencia Tributaria que informe si tanto la Infanta Cristina como su marido, Iñaki Urdangarin, Diego Torres, la mujer de éste, Ana María Tejeiro, y el secretario personal de las Infantas, Carlos García Revenga, han informado ante Hacienda, desde 2002 a la actualidad de si disponen de cuentas, valores, rentas o bienes en el extranjero, de acuerdo a la nueva Ley antifraude.

Así lo ha acordado este viernes mediante una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que admite la petición cursada por el sindicato Manos Limpias y reclama a Hacienda que aporte datos sobre si, como consecuencia de la obligatoriedad de presentar el denominado modelo 720 para quienes tengan bienes y derechos en el extranjero, tanto la Infanta como los anteriores imputados han procedido durante esas fechas a identificarlos ante el fisco.

El magistrado también también ha solicitado esta diligencia en el caso de los excontables del Instituto Nóos Miguel y Antonio Tejeiro, a fin de conocer si todos ellos, tanto como personas físicas como por mediación de alguna de sus mercantiles, han efectuado esta declaración informativa, que se aplica a los contribuyentes con cuentas, valores o bienes en el extranjero a 31 de diciembre de 2012, con sanciones de hasta el 150 por ciento del valor del bien no declarado.

De acuerdo con esta obligación fiscal, quienes posean cualquier tipo de bien o derecho situado fuera de España debían presentar, hasta el pasado 30 de abril, el modelo 720 de la 'Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero', con la limitación de que el valor del bien en concreto superase los 50.000 euros.

Así, debían ser declarados todas las cuentas situadas en entidades financieras, como todo tipo de bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles, así como valores, derechos, seguros y rentas depositadas, gestionadas u obtenidas en el extranjero.

Esta declaración informativa busca estrechar el cerco sobre los contribuyentes que tienen bienes en el extranjero sin declarar. De esta forma, si la Agencia Tributaria descubre que un contribuyente no ha informado de una cuenta en el extranjero, imputará ese bien como ganancia patrimonial en el IRPF, con lo que tributará al tipo marginal en cuestión, que puede llegar al 52 por ciento.

Además, aunque esta cuenta se hubiera abierto en el año 2000 y, por tanto, el fraude fiscal se hubiera cometido en un ejercicio fiscal ya prescrito, no se considerará como tal y se girará la declaración y la sanción correspondiente al último periodo impositivo que no haya prescrito. (EP).-

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