LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

28/03/2024. 20:13:07

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

TRAS FIJAR EL PRECIO EL PRIMER TRIMESTRE

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo prepara una norma que limite el precio de la luz para todo 2014

Legal Today

El Ministro Soria ha adelantado que su departamento está trabajando en una norma que limite el precio de la luz para todo el año 2014, después de que, tras la anulación de la subasta eléctrica el 20 de diciembre, el Real Decreto-ley 17/2013, de 27 de diciembre, haya determinado el precio de la energía eléctrica en los contratos sujetos al precio voluntario para el pequeño consumidor en el primer trimestre de 2014 con un máximo de subida de un 2,3%. Este 2,3% representa una fuerte bajada frente al 10,5% al que se había llegado en la subasta supuestamente pactada entre las eléctricas.

Símbolo del euro con una bombilla

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo anuló la subasta del precio de la luz de fines de año a través de la Resolución de 20 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se determina que el precio resultante de la vigesimoquinta subasta CESUR convocada por Resolución de 20 de noviembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía, no debe ser considerado en la determinación del coste estimado de los contratos mayoristas, al haber quedado anulada a todos los efectos (BOE de 21 de diciembre).

El motivo fue la "concurrencia de circunstancias atípicas" que llevaron a pensar a los técnicos del Ministerio que existía un acuerdo entre los concurrentes para lograr un precio muy alto de la luz. Concretamente se trataba de una subida en la factura de un 10,5%.

Por su parte, el Consejo de Ministros aprobó el 27 de diciembre un Real Decreto Ley que fija un mecanismo transitorio para calcular el precio voluntario al pequeño consumidor para la electricidad en el primer trimestre del año: es el Real Decreto-ley 17/2013, de 27 de diciembre, por el que se determina el precio de la energía eléctrica en los contratos sujetos al precio voluntario para el pequeño consumidor en el primer trimestre de 2014. Este RD-L ha posibilitado trabar la subida en un  2,3% de media a partir del 1 de enero. Esta subida es resultado del alza del 1,4 por 100 en el componente de energía del recibo, fijado con el nuevo mecanismo, y del 0,9 por 100 de los peajes eléctricos, que financian los costes regulados del sistema.

En paralelo, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo trabaja ya en la elaboración de un nuevo mecanismo definitivo para fijar el componente de energía del recibo que corrija los fallos estructurales detectados. El mecanismo estará en vigor para la revisión del segundo trimestre del año según ha manifestado el Ministro Soria este fin de semana.

Este mecanismo, junto con la reforma del mercado mayorista de electricidad completarán la amplia reforma energética que ha emprendido el Gobierno en esta Legislatura y que tiene como objetivo contar con un precio de la luz lo más bajo y competitivo posible.

Propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia consideraba a finales de 2013 que en caso de optar por un procedimiento para el establecimiento de un único precio de referencia para el conjunto del año 2014, dicho precio debería calcularse, antes del comienzo del año, en función de las cotizaciones de los mercados a plazo de los últimos meses de 2013 de los productos con vencimiento durante el año 2014, con el fin de determinar una referencia para dicho año basada en las cotizaciones más recientes.

Esta posibilidad está descartada tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 17/2013, de 27 de diciembre, por el que se determina el precio de la energía eléctrica en los contratos sujetos al precio voluntario para el pequeño consumidor en el primer trimestre de 2014.

Para la fijación trimestral del precio máximo de la electricidad, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia valora que "debería plantearse la implementación de un mecanismo transitorio, que permitiera soslayar el efecto de no haber considerado válido el precio resultante de la subasta CESUR. En todo caso, este mecanismo debería resultar de aplicación en el mínimo tiempo posible, y sólo en tanto no se disponga de un procedimiento definitivo que asegure la competencia y la estabilidad".

"Las reglas y procedimientos de aplicación -sigue la CNMC- en dicho periodo transitorio deben ser transparentes y objetivas, de tal forma que sea posible establecer el resultado de las mismas para cada trimestre. A estos efectos, se debería establecer una clara separación entre la entidad que aplica dichas reglas en el establecimiento de la fórmula de la TUR (Tarifa de último recurso), y aquella que supervisa el procedimiento en su conjunto".

En este sentido, se considera que el mecanismo transitorio debería respetar, en la medida de lo posible, la fijación de precios prevista en el mecanismo vigente en la actualidad. Para ello, dado que no es posible utilizar la referencia de la CESUR, cabría utilizar como referencias otros mercados a plazo donde se cotizaran los mismos productos subastados en la CESUR, es decir el Q1-14 para el primer trimestre, y el Qn- 14, para trimestres sucesivos, en su caso.

Para dichos productos, cabe considerar la media de los últimos meses previos a la fecha de vencimiento de cada producto. A diferencia de lo que ocurre hoy en día en la CESUR, donde a partir de una única subasta se establece el precio de un trimestre completo para el consumidor, se utilizaría la media de la cotización del mismo producto pero durante unos meses previos (3-6 meses) a la fecha de vencimiento. De esta forma, se estarían "suavizando" las posibles variaciones estacionales que pudieran derivarse del mercado.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.