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16/04/2024. 07:23:22

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El nuevo Real Decreto de becas las consagra “como un derecho subjetivo del estudiante”

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Soraya Sáenz de Santamaría e Íñigo Méndez de Vigo

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Real Decreto 293/2016, de 15 de julio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2016-2017. El Gobierno afirma que con este Real Decreto se busca dar seguridad a los estudiantes, garantizando las becas como un derecho subjetivo, así como una continuidad con el modelo puesto en marcha desde el curso 2012-2013. La norma aprobada y publicada en el BOE del pasado sábado, modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

Según explicó en rueda de prensa el ministro de Educación en funciones, Íñigo Méndez de Vigo, "se consagra la beca como un derecho subjetivo del estudiante y da cumplimiento al deber constitucional de garantizar la igualdad en el acceso a la educación, porque las becas garantizan el acceso a los niveles no obligatorios de la enseñanza a todos los estudiantes. Nadie en España debe abandonar sus estudios postobligatorios por motivos económicos", sentenció el ministro en funciones. En esta línea, la Disposición final primera (Título competencial y carácter de legislación básica) de la norma establece que: Este real decreto tiene carácter básico y se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución, que reserva al Estado la competencia para establecer las normas básicas para el desarrollo del derecho a la educación, con objeto de garantizar la igualdad de todos los españoles en su ejercicio.

El Real Decreto  introduce como novedad una rebaja de los requisitos necesarios para mantener la ayuda en caso de cambio de estudios: bastará con que se haya matriculado de 30 créditos más de los que tenía aprobados. Se pone coto así a la situación que provocó el decreto de becas anterior, que en su artículo 23.8 fijó que los alumnos que cambiasen de carrera siendo becarios "no podrán obtener ninguna beca en los nuevos estudios hasta que se acredite la superación en dichos estudios del mismo porcentaje de los créditos que se hubieran superado con beca en los estudios abandonados".

En la práctica suponía que un alumno que hubiese aprobado un curso entero antes de cambiar de carrera, podía verse en la situación de tener que pedir que le suspendieran algunas asignaturas para que el número de créditos de los que se fuese a matricular superasen a los ya aprobados. A partir de ahora, bastará con inscribirse en 30 créditos más de los que aprobó en el curso anterior para renovar la beca en los nuevos estudios.

Cambio en el modo de calcular el patrimonio familiar

No es la única novedad de un decreto que mantiene en general, las líneas del anterior, conforme explicó Íñigo Méndez de Vigo. Se introduce un cambio en el modo de calcular el patrimonio familiar de los estudiantes que residen en entornos rurales, a quienes se les rechazaba la beca porque el nuevo cálculo del valor catastral de las fincas rústicas incluye las instalaciones esenciales construidas en ellas, como un granero o un almacén, elevando su patrimonio sobre el papel por encima de los límites para obtener la ayuda.

Según explicó Méndez de Vigo, estas construcciones "en realidad no aumentaban el patrimonio de una persona pero sí contaban a efectos de umbral para la obtención de una beca", por lo que se daba la circunstancia de que teniendo las mismas posesiones que el año anterior, los estudiantes podían de pronto quedarse fuera de las becas. Ahora se cambia la forma de calcularlo.

Adecuado a la sentencia del Constitucional

El nuevo Decreto completa además la modificación introducida el pasado curso para abrir la puerta a las becas para cursar créditos complementarios o complementos de formación necesarios para que quienes tienen un título de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o Maestro (pre Bolonia) puedan obtener el Título oficial de Grado. "No estaban incluidas antes y ahora lo vemos a hacer", señaló el titular de Educación.

Por último, el ministro explicó que se ha adecuado el modelo de gestión del componente variable de la beca a la sentencia del Tribunal Constitucional que este año dictaba la necesidad de "dar alguna competencia más" a las comunidades autónomas sobre este aspecto, cuestión que conforme ha señalado, se ha "incorporado".

Accede al Real Decreto 293/2016, de 15 de julio:

http://boe.es/boe/dias/2016/07/16/pdfs/BOE-A-2016-6846.pdf

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