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28/03/2024. 23:38:21

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El Parlamento Europeo propone un salario mínimo de al menos el 60% del sueldo medio de referencia

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Bruselas llama la atención acerca de la vulnerabilidad de los autónomos. La Unión Profesional de Trabajadores Autónomos llamó ayer la atención al Gobierno para que las medidas anti crisis lleguen también a este colectivo.

El Parlamento Europeo pidió ayer al Consejo, por primera vez, que acuerde un objetivo de salario mínimo de al menos el 60% del sueldo medio de referencia (nacional, sectorial, etc.). En un informe sobre la lucha contra la pobreza y la exclusión social aprobado por el pleno, los diputados también exigen que en 2015 no haya ningún menor sin hogar en la UE y piden garantizar que un 90% de los niños europeos se beneficia de un servicio de guardería hasta la edad de escolarización obligatoria.

El Parlamento Europeo propone un salario mínimo de al menos el 60% del sueldo medio de referencia

La ponente del informe, la diputada alemana Gabriele Zimmer planteó una renta mínima para todas las personas, que debe cuantificarse a través de metodologías unificadas y que nunca será inferior al 60% de la renta nacional media (§ 12). Esa renta se percibirá independientemente de la situación laboral o del tiempo trabajado, y prestando especial atención a los grupos de mujeres que tienen responsabilidades adicionales.

 

En Europa hay 78 millones de personas expuestas al riesgo de la pobreza, y de ellas un 8% son trabajadores. La Eurocámara ha propuesto por primera vez al Consejo que acuerde un salario mínimo (por ley o convenios colectivos a escala nacional, regional o sectorial) de por lo menos el 60% del respectivo salario medio. Los diputados también instan al Consejo a que elabore un calendario con los plazos para que todos los Estados miembros alcancen dicho objetivo (§ 15).

 

Teniendo en cuenta el especial riesgo que sufren los trabajadores autónomos, la Eurocámara ve necesario un mayor apoyo institucional a los empresarios. Además considera que los diferentes Estados deberían reducir la presión fiscal, no sólo sobre las rentas bajas, sino también sobre las rentas medias, con el fin de evitar el trabajo no declarado (§ 49).

 

El Parlamento muestra su preocupación por el alto porcentaje de mujeres que trabajan a tiempo parcial, ya que esto puede enmascarar un trabajo marginal con una protección social insuficiente y pide a la Comisión y a los Estados miembros que reformen los sistemas de protección social desde una perspectiva de género, incluyendo la individualización de los derechos a la seguridad social, la adaptación de la protección y los servicios sociales a los cambios de las estructuras familiares y la garantía de que los sistemas de protección social contrarresten mejor la situación precaria de las mujeres.

 

El informe, aprobado con 540 votos a favor, 57 en contra y 32 abstenciones, insta a los Estados miembros a la adopción de medidas con el fin de ofrecer servicios de guardería al 90% de los niños desde su nacimiento hasta la escolaridad obligatoria, lo que por un lado aseguraría la igualdad de oportunidades desde los primeros meses, y por el otro, permitiría una mayor conciliación de la vida laboral y personal.

 

En la búsqueda del bienestar infantil, debe garantizarse que los niños crezcan en familias con suficientes recursos para cubrir sus necesidades, favoreciendo la ayuda financiera a las familias numerosas, así como a las familias monoparentales.

Situación en España

 

En España, el salario mínimo interprofesional para 2008 lo rige el art. 27.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, (texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo). Para este año 2008, quedó fijado en 600 euros en el Real Decreto 1763/2007, de 28 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2008.

 

Las políticas desarrolladas por el Gobierno en materia de actualización y establecimiento de nuevas prestaciones, las medidas de profundización en la conciliación de la vida familiar y profesional, los beneficios fiscales y otro tipo de ayudas -además de las que facilitan las comunidades autónomas- nos sitúan en una posición más favorable en el contexto normativo internacional.

 

Es lo que refleja en un estudio realizado por la Subdirección de Estadística del Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Gabinete de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, y recientemente dado a conocer, contrastado con:

  • La Carta Social Europea
  • Carta Social Europea revisada
  • Código Europeo de Seguridad Social
  • Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo
  • Código Europeo de Seguridad Social revisado

 

donde se afirmaba que el Estado está en condiciones de cumplir los estándares comparados que garantizan una posición entre los países con un nivel adecuado de prestaciones de ayuda familiar, por lo que en breve tiempo el Gobierno pedirá que se levanten las observaciones que pesan al respecto sobre España en la Carta Social Europea; y solicitará la ratificación de la Carta Social Europea revisada.

 

España ratificó la Carta Social Europea el 6 de mayo de 1988, pero pesan observaciones sobre el cumplimiento del artículo 16 dedicado al derecho de la familia en relación con su protección social, jurídica y económica, porque hasta ahora el Comité encargado de la supervisión de las ayudas sólo había tenido en cuenta las prestaciones familiares periódicas por hijo a cargo de la Seguridad Social. El artículo 16 citado habla de la protección "mediante prestaciones sociales y familiares, disposiciones fiscales, apoyo a la construcción de viviendas adaptadas a las necesidades familiares, ayudas a los recién nacidos o por medio de cualesquiera otras medidas adecuadas".

 

El Convenio 102 de la OIT y el Código Europeo de Seguridad Social son instrumentos ratificados por España, aunque no en la parte relativa a prestaciones familiares. Con los datos actuales esta situación puede cambiar, pues el convenio 102 de la OIT y el Código exigen dedicar a este tipo de prestaciones un 1,5% del salario medio por el número de hijos menores de 18 años.

 

En cuanto al más reciente de estos instrumentos, el Código Europeo de Seguridad Social revisado, con un nivel más elevado de protección, establece tres fórmulas alternativas de cálculo para baremar su cumplimiento: 3% del salario medio por el número total de hijos de todas las personas protegidas; 3% del salario mínimo por el número total de hijos de todos los residentes, y 1,5% del Producto Interior Bruto.

 

Autónomos

La Unión Profesional de Trabajadores Autónomos considera que el esfuerzo que va a realizar el Gobierno para rescatar activos del sistema financiero no puede quedar tan sólo en un apoyo a las empresas directamente implicadas, sino que también debe llegar a los autónomos, que están viendo restringida su capacidad de acceso al crédito bancario.

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