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28/03/2024. 22:56:15

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El TC admite a trámite tres nuevas cuestiones de inconstitucionalidad sobre la supresión de la extra de los funcionarios

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite tres nuevas cuestiones de inconstitucionalidad formuladas por sendos órganos judiciales (Audiencia Nacional, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y un Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Tarragona) contra el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Con la aprobación de esta norma, el Gobierno suprimió la paga extra de Navidad a los empleados públicos. La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo.

Edificio del Tribunal Constitucional

La Audiencia Nacional, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y un Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Tarragona han planteado al Tribunal Constitucional, que ha admitido a trámite, sus dudas acerca de la constitucionalidad del artículo 2 del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, pues consideran que vulnera los artículos 9.3 ("la Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos") y 33 ("1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia; 2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes; 3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes") de la Carta Magna. El pasado 29 de mayo, el Pleno ya admitió a trámite una cuestión de inconstitucionalidad formulada contra la misma norma y por los mismos motivos por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.

Una de las cuestiones clave es su efecto retroactivo, ya que la paga fue suspendida para personal laboral y funcionarios en julio de 2012, cuando ya se habían devengado 15 días: según la Audiencia Nacional, conforme a doctrina del Tribunal Supremo, esta paga se refiere a todo el año.

El TC ha dado ya traslado de su decisión al Congreso, al Senado, al Gobierno y al fiscal general del Estado, que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular alegaciones.

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