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19/03/2024. 06:45:26

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El instructor de la causa exige una fianza de 3.000 euros al PSOE para ejercer la acción popular

El Tribunal Supremo cita a declarar a la senadora Rita Barberá el 21 de noviembre

CGPJ

El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Cándido Conde-Pumpido Tourón ha citado a declarar para el próximo día 21 de noviembre a las 10.30 horas a la senadora del PP y exalcaldesa de Valencia Rita Barberá, dentro de la causa por un presunto delito de blanqueo de capitales que dicha Sala abrió el pasado mes de septiembre.

Rita Barberá

En una providencia, el instructor cita a Barberá en calidad de investigada para recibirle declaración voluntaria conforme al artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Conde-Pumpido, como instructor de dicha causa, ha impuesto además una fianza de 3.000 euros al PSOE para poder ejercer, como ha solicitado, la acusación popular.

La investigación abierta a Barberá deriva de la exposición razonada elevada al Supremo el pasado mes de abril por el Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, describiendo indicios contra la aforada en un presunto blanqueo de capitales que se habría producido en el Grupo Popular del Ayuntamiento de Valencia cuando ella era alcaldesa. La Fiscalía apoyó, en informe del pasado 27 de julio, la apertura de la investigación y la designación de instructor.

En el auto de apertura de la causa, el Supremo destacó que, sin perjuicio de lo que pudiera resultar de la investigación, los hechos descritos por el Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia en la exposición razonada pudieran ser constitutivos de un delito de blanqueo de capitales previsto y penado en los artículos 301 y siguientes del Código Penal. “Resulta, pues, imprescindible –añade el auto—continuar la investigación sobre los mismos y sobre la participación en ellos de la persona aforada doña María Rita Barberá Nolla”.

El objeto de la investigación iniciada por el Juzgado de Valencia es si, bajo la cobertura de unas aportaciones de 1.000 euros realizadas por personas vinculadas al Grupo Municipal del PP en el Ayuntamiento de Valencia y al mismo partido,  se oculta el afloramiento de un dinero en efectivo en  poder de algún responsable o responsables del Grupo Popular. También se indaga sobre el origen del dinero supuestamente blanqueado.

Por otro lado, en un auto, Conde-Pumpido impone una fianza de 3.000 euros al PSOE para ejercer la acusación popular en la causa, y alerta además del “serio riesgo de judicialización de la política” que supone la práctica, que no existe en los países de nuestro entorno, de que un partido político pueda ejercer la acusación en una causa penal contra una persona relevante de un partido de signo contrario. Añade que ese riesgo existe en la medida en que esa práctica “transforma el área de debate procesal en un terreno de confrontación política”.

El PSOE había pedido que no se le señalase el pago de fianza alguna para ejercer la acusación popular. El auto recuerda que tanto el Anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2011, como la Propuesta de Código Procesal Penal de 2013, elaborados por gobiernos de signo político diferente, prohibían expresamente el ejercicio de la acción popular por los partidos políticos.

“Es cierto que estos proyectos no han alcanzado vigencia, y que existe una cuestionable práctica judicial que admite, con carácter general, la personación de los Partidos Políticos como acusación popular en causas contra políticos de otros partidos. Pero ello no excluye que, aun admitiendo la personación, se adopten las necesarias cautelas, lo que no permite privilegiar este tipo de acusaciones e impide que se prescinda del señalamiento de la oportuna fianza”, indica la resolución.

Ponderando las eventuales responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse para el PSOE, y la previsible asequibilidad a su prestación por éste, el magistrado fija en 3.000 euros la fianza.

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