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19/04/2024. 02:00:32

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El Tribunal Supremo condena a un año de prisión a un joven por humillar a Miguel Ángel Blanco y a Ortega Lara en Facebook

CGPJ

La Sala de lo Penal de Tribunal Supremo ha condenado a un año de prisión por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo a un joven que en su perfil de Facebook, bajo la identidad de “Vicent Sidorenko”, publicó la expresión “Gora ETA. Libertad presos políticos, Miguel Ángel Blanco mejor muerto”. Dos semanas más tarde, el 31 de enero de 2014, insertó otro mensaje con una foto a la que añadió que “el zulo de Ortega Lara tenía más metros cuadrados que donde viven muchísimos españoles”.

Facebook

La Audiencia Nacional le impuso una condena de dos años de prisión por un delito de enaltecimiento del terrorismo y de humillación a las víctimas por siete expresiones -incluidas las dos citadas- y fotografías sobre determinadas personas condenadas por pertenecer a la organización terrorista GRAPO y a otras que habían sido víctimas de delitos de terrorismo entre el 7 de junio de 2013 y el 1 de abril de 2014.

Sin embargo, la Sala de lo Penal rebaja la condena al concluir que cinco de esas frases no son delictivas y que reflejan la sintonía ideológica del condenado con determinados presos en el sentido de coincidencia de objetivos políticos, así como solidaridad con su situación de privación de libertad o camaradería nacida de vínculos ideológicos.

En relación a los dos mensajes que sí se consideran delictivos , la sentencia destaca que con esas expresiones se lanza un lacónico pero inequívoco y muy utilizado grito de aliento a una banda terrorista -Viva ETA- que se apostilla con sendos comentarios que, excediendo de lo meramente desafortunado, integran claras manifestaciones vejatorias, humillantes y hasta despiadadas para dos concretas víctimas de actos terroristas que adquirieron gran notoriedad pública por la generalizada solidaridad que despertaron en la ciudadanía.

"Miguel Ángel Blanco, mejor muerto", según los magistrados, son cinco escasas palabras pero concentran unas tales dosis de odio y desprecio que ineludiblemente han de activar los mecanismos penales de tutela. Añaden que no menos crueldad asoma a través del comentario adobado de cierto sarcasmo cínico sobre las dimensiones del zulo donde Ortega Lara estuvo recluido durante meses. Dicha comparación es un gesto despectivo al minusvalorar hasta la humillación el sufrimiento de tal víctima del terrorismo.

Del mismo modo afirma que la explicación ofrecida por el condenado -reacción de enfado ante el cierre de una cuenta en una red social- no justifica su conducta, ya que transcurren dos semanas entre un mensaje y otro, lo que desmiente la hipótesis de auto-disculpa alegada atribuyéndolo a un mero impulso momentáneo.

La sentencia indica que su difusión a través de una red social lo convierte en accesible a un potencialmente indiscriminado número de personas y que no puede aceptarse la minimización por parte del recurrente sobre los escasos seguidores de su cuenta. También precisa que tampoco es exigible que la víctima llegue a tener conocimiento de la conducta.

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