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29/03/2024. 15:31:23

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El TS condena a una compañía de seguros a devolver las aportaciones de unos cooperativistas de viviendas que no se construirán

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La doctrina se extiende a todos los casos en que Asefa y Houston Casuality Company Europe vendieron pólizas cuya denominación viene prevista en la Ley para dar garantía de que las cantidades entregadas a cuenta para una futura vivienda se devolvería si no llegaban a construirse. Algunos juzgados de Primera Instancia y la Audiencia Provincial de Madrid estaban esperando el pronunciamiento del TS para seguir adelante con causas pendientes en dichas sedes.

El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto un recurso relativo a la devolución a unos cooperativistas de las cantidades entregadas para la promoción de viviendas, estimando el recurso de casación de un grupo de cooperativistas que pretendían recuperar sus aportaciones, superiores casi todas a 100.000 euros, a una cooperativa de viviendas de Valdebebas, en la Comunidad de Madrid. La sentencia, acordada por unanimidad, se publicará, una vez redactada y firmada, el próximo mes de septiembre.

Fachada del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha considerado que el seguro de caución concertado en su día entre la cooperativa y la compañía de seguros demandada amparaba a los cooperativistas del complejo "Jardines de Valdebebas", por tratarse de un seguro obligatorio de acuerdo con la Ley 57/1968 y la Ley de Ordenación de la Edificación de 1999.

En consecuencia, se ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial deMadrid que desestimaba la demanda de los cooperativistas y se ha condenado a la compañía de seguros demandada a indemnizarles en las mismas cantidades aportadas, con intereses, por la imposibilidad de que les sean entregadas las viviendas.

La doctrina afecta a todos aquellos casos en que las aseguradoras Asefa y Houston Casuality Company Europe (HCC Europe) vendieron pólizas cuya denominación viene prevista en la Ley para dar garantía de que las cantidades entregadas a cuenta para una futura adquisición de vivienda  serían devueltas a los aportantes si dichas viviendas no llegaban a construirse. La postura de las aseguradoras es que las pólizas de los cooperativistas eran distintas de las que la Ley.

Tanto algunos juzgados de Primera Instancia como la Audiencia Provincial de Madrid estaban esperando el pronunciamiento del TS para seguir adelante con causas pendientes en dichas sedes.

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