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20/04/2024. 18:19:50

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El TSJCV ordena mantener el concepto retributivo de las transacciones extrajudiciales del turno de oficio, según el ICAV

EP

(EP).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el Consejo Valenciano de Colegios de Abogados (CVCA) contra la Orden 2/2012, que establecía las retribuciones que, por cada asunto, debían percibir los Letrados que prestan sus servicios en el Turno de Oficio en el ámbito de la Comunidad Valenciana. De esta manera, aunque no anula la norma, sí establece que se mantenga el concepto retributivo referente a las transacciones extrajudiciales, según asegura el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) en un comunicado.

Tribunal Suprerior de Justicia Comunidad Valenciana

La sentencia estima en parte el recurso de los abogados y anula parcialmente la Orden 2/2012, al ordenar que se mantenga el concepto retributivo, relativo a las transacciones extrajudiciales, que ésta había derogado y que forzaba a mantener procedimientos judiciales que de otra manera hubieran finalizado con acuerdo.

Sin embargo la resolución, pese a reconocer la existencia de defectos formales en la tramitación de la Orden, considera que dichos defectos no causaron indefensión y, por lo tanto, entiende que no hay motivos para anularla, explican desde el ICAV.

En cuanto a las retribuciones fijadas para los abogados, la sentencia recuerda la exigencia constitucional que tiene el Estado de garantizar la defensa letrada y, en definitiva, el acceso a la tutela judicial efectiva.

"El tribunal –continúan– no cuestiona el deber de que se retribuya a los Abogados correctamente, pero al mismo tiempo afirma que los baremos "'deben someterse a la disponibilidad presupuestaria de cada momento para así alcanzar el repetido objetivo de tutela judicial efectiva'".

Fuentes del CVCA se han mostrado satisfechas con el hecho de que se ordene mantener el concepto retributivo anulado "porque una orden no puede revocar lo que viene fijado en un decreto y además la revocación obligaba a mantener pleitos que hubieran podido cerrarse con un acuerdo".

Pero, al mismo tiempo, dicen "respetar pero no compartir" el resto de pronunciamientos de la sentencia, especialmente porque "La Generalitat, la ciudadanía y el Tribunal deben entender que no se puede garantizar la tutela judicial efectiva sin una correcta defensa letrada, y para ello es necesario que las retribuciones que se establezcan para los letrados de oficio sean dignas y suficientes, conforme exige la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita e incumple la Orden de la Conselleria", por ello afirman que están estudiando la posibilidad de interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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