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29/03/2024. 12:23:14

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Hoy se conoce la sentencia de la “Operación Puerto”

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Tomás Valdivieso, abogado Eufemiano Fuentes, médico y principal acusado señala en su informe final que en 2006 las prácticas dopantes que ejecutaba Fuentes no constituían delito al carecer de tipo penal el dopaje deportivo. La primera Ley Antidopaje en España rige desde febrero de 2007. El tribunal ha juzgado un presunto delito contra la salud pública acerca del que Tomás Valdivieso opone la eximente de "error invencible" del médico.

La Juez Julia Patricia Santamaría ha convocado a los abogados y procuradores hoy 30 de abril en los juzgados de lo Penal de Madrid para notificar a las partes la sentencia del juicio de la “Operación Puerto”, que se cerró el 2 de este mes. La Fiscalía solicita para cada uno de los acusados por la supuesta comisión de un delito contra la salud pública dos años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, multa de 18 meses con una cuota diaria de 30 euros e inhabilitación para el ejercicio de su profesión durante dos años, además del comiso de todo el dinero intervenido y el pago de las costas procesales.

Un momento del juicio

En el banquillo de los acusados se han sentado Eufemiano C. Fuentes Rodríguez, José Ignacio Labarta Barrera, Manuel Sáiz Balbas, Vicente Belda Vicedo y Yolanda Fuentes Rodríguez, por ser los supuestos integrantes de una red de dopaje en el mundo del ciclismo de élite. Como acusación particular se han presentado la Real Federación Española de Ciclismo, la Agencia Mundial Antidopaje, el exciclista Jesús Manzano Ruano, la Agrupación Internacional de Grupos de Ciclistas Profesionales, la Unión Ciclista Internacional y el Comitato Olímpico Nazionale Italiano.

Mientras que las defensas de los cinco acusados por un presunto delito contra la salud pública solicitaron la absolución de sus representados, la Fiscalía ha mantenido la petición de penas de dos años de prisión y la Abogacía del Estado dos años y medio.

Las representaciones letradas de los acusados sostienen que sería no deseable que la jueza titular busque, con una sentencia al límite, ofrecer una imagen española de lucha contra el dopaje. De antemano se ha anunciado que la sentencia será recurrida ante la Audiencia Provincial de Madrid. Tomás Valdivieso, abogado Eufemiano Fuentes, médico y principal acusado pide la absolución de su cliente señalando en el informe final que en 2006, las prácticas dopantes que ejecutaba Fuentes no constituían delito porque el dopaje deportivo carecía de tipo penal.

La sede judicial de hecho ha juzgado y en la sentencia se sabrá cómo un presunto delito contra la salud pública. Es por ello que durante más de dos meses de sesiones se ha intentado esclarecer si la sangre que los médicos suministraban en transfusión a los deportistas cumplía los protocolos médicos establecidos, como así parece que haya sido. Eufemiano Fuentes dijo, a tal efecto, en su alegato final que "en este procedimiento se ha hablado de hechos ocurridos incluso hace diez años y no tengo constancia de un solo paciente que haya podido acreditar daños a la salud ocasionados por los tratamientos que hago. El fin que persigo como médico es proteger la salud, no dañarla", añadiendo que "no entiendo de derecho ni soy abogado, pero en 35 años de ejercicio profesional jamás he perjudicado la salud de ningún paciente, ni he tenido conocimiento ni reclamación alguna por daños sufridos con mis tratamientos".

Aprobado el Proyecto de Ley Orgánica de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje

La Comisión de Educación y Deporte del Congreso aprobó la semana pasada el informe de la ponencia del proyecto de Ley Orgánica de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva. De este modo, sigue su tramitación parlamentaria en el pleno, donde figura en el Orden del Día del 9 de mayo.

Un nuevo modelo de protección de la salud en el deporte

El nuevo modelo contempla el establecimiento de un Plan de Apoyo a la Salud en el ámbito de la actividad deportiva que determinará los riesgos comunes y específicos para la salud de los deportistas, según los casos y establecerá las medidas de prevención, conservación y recuperación que puedan resultar necesarias, en función de los riesgos detectados.

Para ello:

  • Se pone en marcha un sistema de reconocimientos médicos que será más intenso cuanto exigente sea la actividad física a realizar.
  • Los establecimientos relacionados con la práctica deportiva tendrán la obligación de     disponer de medios de lucha contra las enfermedades cardiorrespiratorias agudas.
  • Se habilita un sistema de tarjeta de salud de los deportistas de alto nivel o de carácter   profesional.
  • Se establecen nuevas medidas de protección de la salud cuando se finaliza la actividad deportiva.

Asimismo, el proyecto de Ley establece un sistema reforzado de investigación especializada en aspectos médicos puramente preventivos, particularmente en materias tan sensibles como, por ejemplo, la muerte súbita.

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