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19/04/2024. 18:01:43

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Hoy termina el plazo para solicitar arbitraje de participaciones preferentes y deuda subordinada de Bankia

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Los clientes ya han entregado 168.664 propuestas de arbitraje en las oficinas de la entidad. La Junta Nacional Arbitral de Consumo ya ha dictado 1.014 laudos, y esos clientes tienen ingresada en su cuenta corriente toda su inversión.

La Junta Nacional Arbitral de Consumo ha dictado ya los primeros laudos, mayormente favorables a clientes de Bankia que habían acudido al proceso de arbitraje abierto para titulares de instrumentos híbridos. Hoy, día 15 de julio, termina el plazo para pedir este medio de resolución por parte de los clientes que adquirieron participaciones preferentes y deuda subordinada en algunas de las cajas de ahorros que dieron lugar al Grupo BFA-Bankia.

Edificio Bankia

Bankia tiene a disposición de los clientes de la entidad que adquirieron participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, comercializadas por las cajas de ahorros que dieron origen al Grupo, la posibilidad de acudir al arbitraje. Únicamente podrán solicitar dicho arbitraje las personas físicas y las personas jurídicas sin ánimo de lucro siempre que, en ambos casos, tengan la condición de cliente minorista. Dada la necesidad de valorar individualmente las particularidades de cada caso, no se admitirá el sometimiento a arbitraje para colectivos, siendo necesario presentar solicitudes individuales. 

Hasta ahora la entidad ha recibido 168.664 solicitudes de arbitraje en el marco del proceso abierto el pasado 18 de abril para clientes minoristas titulares de instrumentos híbridos.

Las solicitudes están siendo analizadas por parte del experto independiente, KPMG, que es la empresa encargada de elaborar un informe para valorar, en función de los criterios fijados por la Comisión de Seguimiento creada para supervisar este proceso, si cada una de las solicitudes reúne los requisitos para participar en el proceso de arbitraje.

Posteriormente pasan a la Junta Arbitral Nacional de Consumo.

Esta Junta, como indicó el presidente de Bankia en la Junta General de Accionistas de la entidad, está dictando laudos fundamentalmente favorables a los clientes, que ya han visto cómo se ingresaba el importe de su inversión en su cuenta corriente.

 

Procedimiento arbitral

 

El procedimiento arbitral es gratuito y no requiere la asistencia de abogado ni procurador, y es alternativo a la vía judicial. A través del mismo se pueden atender y resolver reclamaciones basadas en defectos de comercialización de un determinado producto o servicio.

Bankia gestiona desde sus oficinas todas las solicitudes presentadas por los clientes y las remitirá a un gestor independiente (en este caso, KPMG) que elaborará un informe valorando la solicitud.

El Informe de KPMG, en su caso, valorará la cuantía máxima a devolver al cliente

La oficina de Bankia contactará con el cliente y pondrá en su conocimiento el resultado del informe una vez emitido, a fin de que el cliente decida si quiere o no continuar con el proceso arbitral. En caso de que el cliente no quiera seguir el arbitraje, podrá renunciar al mismo, sin que se le cierren otras posibilidades, pudiendo si lo desea acudir a la vía judicial.

Si el cliente está conforme, firma un Convenio Arbitral, comprometiéndose a aceptar el laudo arbitral y renunciando a acudir a la vía judicial. Una vez realizada la firma por ambas partes, se inicia el Arbitraje por la Junta Arbitral Nacional que finalizará con la comunicación del laudo arbitral a las partes (cliente y Bankia).

En el caso de que el laudo sea favorable al cliente, la entidad abona la cuantía señalada en el laudo, de acuerdo a la fórmula de liquidación recogida en el Convenio Arbitral.

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