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29/03/2024. 13:42:37

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La AN archiva la pieza de las preferentes de la Caja de Ahorros del Mediterráneo por la retirada de las acusaciones particulares

CGPJ

El Tribunal concluye que la acusación popular ejercida por ADICAE carece de legitimación para dirigirse contra los acusados por los supuestos delitos continuado de estafa agravada, delito continuado de publicidad engañosa y delito continuado de maquinación para alterar el precio de las cosas

Audiencia Nacional

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha acordado el sobreseimiento libre y archivo de la pieza separada por la venta de participaciones preferentes y deuda subordinada de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) al haberse retirado las acusaciones particulares al inicio del juicio el pasado día 4. El Tribunal concluye que la acusación popular ejercida por ADICAE carece de legitimación para dirigirse contra los acusados Roberto López Abad y María Dolores Amorós Marco por los supuestos delitos continuado de estafa agravada, continuado de publicidad engañosa y delito continuado de maquinación para alterar el precio de las cosas.

En un auto, los magistrados analizan la doctrina jurisprudencial consolidada del Tribunal Supremo en materia de legitimación de las acusaciones populares cuando no existe acusación del Ministerio Fiscal ni de la acusación particular, y considera que no hay margen de actuación a la pretendida acusación solitaria de ADICAE pues los intereses públicos y particulares reunidos en el procedimiento "han manifestado su tajante voluntad de retirada".

La Sala, en el auto con ponencia de Juan Francisco Martel, considera relevante destacar que los delitos que provisionalmente se han venido atribuyendo a los acusados no protegen bienes jurídicos difusos, colectivos, ni metaindividuales, cuya defensa no hubiera sido susceptible de ser monopolizada por el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares. Añade que la doble y convergente petición de tales acusaciones pública y particulares implican "un posicionamiento de cierre a cualquier otra pretensión penal, ante la irrelevancia criminal de los hechos".

Así pues, el enjuiciamiento de posibles delitos de carácter eminentemente patrimonial queda cerrada para la asociación ADICAE como acusación popular.

El juez recuerda que ante la inconsistencia penal de los hechos investigados queda el marco administrativo sancionador, propio de órganos no judiciales inicialmente, cuya suspensión se alzará una vez sea firme esta resolución.

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