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19/03/2024. 09:21:37

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La AP Córdoba anula unos bonos canjeables de Banco Popular y obliga a la entidad a restituir al cliente 450.000€

Socio fundador y Director del Departamento de Derecho Mercantil del bufete DUEÑAS RUART ABOGADOS en Córdoba

Incluye la sentencia

La AP Córdoba ha anulado unos bonos canjeables de Banco Popular y obliga a la entidad a restituir al cliente 450.000€

Mazo

La Sentencia desestima el recurso de apelación interpuesto por Banco Popular frente a otra Sentencia dictada en primera instancia por la que se estimaba íntegramente la demanda interpuesta por una sociedad defendida por DUEÑAS RUART ABOGADOS – MOORE STEPHENS.

El producto contratado fue unos "bonos subordinados necesariamente canjeables" y "bonos obligatoriamente convertibles" emisiones 2012 y 2015, por valor de 450.000 euros, que adquirió una empresa minorista, después de que se lo ofrecieran en la oficina del Banco Popular con la que habitualmente operaba.

La sentencia considera que existen "dudas sobre el conocimiento del producto" por parte del cliente, ya que la entidad demandada no procedió a realizar el test de idoneidad previo y preceptivo para contratar este producto financiero, además de poner el foco en que se necesitaba "información más precisa" que la que se ofreció al cliente para conocer realmente los riesgos del producto.

El Banco Popular había defendido que el cliente fue debidamente informado y que contrató el producto siendo plenamente consciente de los riesgos, algo que el tribunal ha declarado no probado y, de hecho, reclama del banco que hubiera ejercido una labor de asesoramiento adecuada puesto que fue la entidad la que ofreció la venta de los bonos al cliente.

Por todo ello, la sentencia de la Audiencia Provincial declara la nulidad de la orden de adquisición de los bonos y condena al Banco Popular a restituir el total del importe invertido (450.000 €) con los intereses hasta este momento.

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