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28/03/2024. 15:36:33

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La Audiencia Nacional descarta actuar contra los empleados de Caja Madrid que vendieron preferentes y se concentra en la cúpula bancaria

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Incluye los autos

La Audiencia Nacional ha establecido ayer en dos Autos que es improcedente iniciar una investigación penal dirigida contra todos los empleados que vendieron las participaciones preferentes y productos anejos de Caja Madrid y entidades comprendidas en su estructura societaria bancaria “puesto que no es concebible que existiese una ideación que partiendo de los empleados de una determinada entidad financiera decidieran por sí mismos comercializar los productos de dicha entidad o determinados productos financieros de dicha entidad, y más de forma fraudulenta”. Sin embargo, la sede judicial continuará actuando contra la planificación llevada cabo por los miembros de los órganos directivos de las entidades querelladas para capitalizarlas con la venta de participaciones preferentes.

Fachada de la Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional continua con la línea de actuación que ha comenzado a marcar hace unas semanas respecto a la instrucción de la comercialización de las participaciones preferentes de Caja Madrid-Bankia dejando aparte a los empleados de las sucursales y profundizando en la cúpula bancaria que diseñó el producto.

En dos Autos de ayer que se pronunciaban acerca de la admisión a trámite de sendas querellas por estafa de un cliente de la entidad y del partido Unión, Progreso y Democracia como Acción Popular, la Audiencia Nacional, acogiéndose al parecer del Ministerio Fiscal establece que "resulta descabellado sostener" que existiera una planificación general y ajustada por todos los directores, comerciales o empleados de sucursales para colocar participaciones preferentes como forma de capitalizar la entidad bancaria entre sus clientes minoristas, en parte porque resulta también impensable que todos los empleados de la entidad bancaria conocieran el verdadero estado financiero de las entidades que emitían estos productos. Sin embargo, se está demostrando que los empleados de las sucursales bancarias se limitaron a vender el producto financiero siguiendo las instrucciones de la dirección de las Cajas.

La AN descarta incluso el dolo sobrevenido al que hace referencia la querella del cliente particular de la banca, donde habla de un negocio jurídico criminalizado, porque salvo conjeturas genéricas, no hay datos objetivos concretos que desvirtúen el conocimiento por el querellante de los productos financieros que adquiría. La sede judicial desvirtúa la afirmación del querellante cuando afirma que creía que compraba una "participación limitada de los beneficios", ya que aparece rubricado por dicho querellante el resumen del folleto explicativo de las participaciones preferentes, donde se expresa que son Fondos de riesgo de valores. De hecho, constan los pliegos de documentos donde el cliente acepta explícitamente el riesgo de no percibir remuneraciones, así como el riesgo de perpetuidad, por el cual "una vez transcurridos once años desde la fecha de desembolso, el emisor podrá en cualquier momento amortizar total o parcialmente las participaciones".

Lo que la Audiencia Nacional investigará de las pretensiones tanto del cliente privado como de Unión, Progreso y Democracia es lo ya es objeto de unas Diligencias penales abiertas en el Juzgado Central de Instrucción no. 4 (D. Previas no. 59/12) referidas a la planificación llevada a cabo desde los órganos directivos de las entidades querelladas para comercializar las participaciones preferentes, teniendo en cuenta, como señala el Ministerio Fiscal que las participaciones preferentes formaban parte de los activos de las entidades bancarias, "y es evidente que suponían una fuente añadida la financiación para las mismas,por lo que atendiendo al deterioro patrimonial de las Cajas contra las que se dirigen las querellas no puede sino concluirse, la necesidad de investigar si para paliar,retrasar u ocultar de alguna manera dicho deterioro, las

entidades querelladas, además de otras estrategias,utilizaron la emisión de deuda subordinada y/o participaciones preferentes como una manera de captar activos y disfrazar la situación de insolvencia en la que se encontraban respecto a las Cajas que formaron BFA, y en especial Caja Madrid y Bancaja".

¿Quiere leer el Auto que afecta a la querella del cliente particular? 

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