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16/04/2024. 13:55:24

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La Comisión Europea no investigará el fraude fiscal de Gibraltar

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Un portavoz ha subrayado que el gobierno gibraltareño ha transpuesto la directiva europea sobre el blanqueo de capitales y "por el momento no hemos constatado infracciones"

La Comisión Europea ha clarificado a Presidencia del Gobierno que en la misión que mandará en septiembre a Gibraltar estarán presentes expertos en contrabando pero que excluyen investigar prácticas que determinasen fraude fiscal. “La misión de recogida de datos cubrirá los controles fronterizos, el movimiento de personas y bienes y los controles aduaneros, incluido el contrabando”, ha matizado en rueda de prensa Pia Ahrenkilde, portavoz de la Comisión Europea, preguntada acerca del motivo por el que Bruselas excluye de la misión el fraude fiscal.

Manifestantes delante del peñón de Gibraltar

La misión que enviará en septiembre el ejecutivo comunitario para realizar las verificaciones oportunas acerca de los acontecimientos que están sucediendo en la frontera "con un enfoque global", tras el primer anuncio de Bruselas acerca de que enviaría observadores a dicho punto para verificar la actuación de las autoridades españolas en la verja acaba de concretarse eliminando  de las competencias de dicha misión comprobación alguna acerca de blanqueo de dinero o fraude fiscal -sí el contrabando de tabaco-.

Mariano Rajoy había recordado al jefe del Ejecutivo Comunitario la necesidad de verificar y controlar que la actividad económica en Gibraltar no vulnere la normativa  europea relativa a blanqueo de dinero, contrabando y fiscalidad.  De hecho, el pasado mes de junio "hubo conclusiones de grupos de trabajo sobre las cuestiones fiscales en el Consejo que abordan y toman nota específicamente de las preocupaciones españolas respecto a las autoridades de Gibraltar" según precisó el portavoz del Ejecutivo comunitario, Olivier Bailly

El presidente español ha recordado también a Durao Barroso que el acto unilateral de lanzamiento de bloques de hormigón en las aguas de la bahía de Algeciras por parte de las autoridades gibraltareñas "es inaceptable y supone una violación de la normativa medioambiental". En este sentido recordó que el Gobierno de España ya trasladó su denuncia cuando se produjo el lanzamiento ante la Secretaria General de la Comisión Europea por violación de la normativa medioambiental europea.

Bailly ha matizado que en la Comisión Europea están informados acerca de las perplejidades de las autoridades españolas acerca del fraude fiscal en Gibraltar y han hecho una lectura atenta de las preocupaciones españolas en este sentido incluidas en el memorándum que envió el Gobierno español la semana pasada. Olivier Bailly ha subrayado que el gobierno gibraltareño ha transpuesto la directiva europea sobre el blanqueo de capitales (Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo ) y "por el momento no hemos constatado infracciones"

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado que España exija a un banco establecido en Gibraltar datos para combatir el blanqueo

En enero de 2007, la Unidad de Información Financiera (UIF) española solicitó a Jyske -filial del banco danés NS Jyske Bank, entidad de crédito establecida en Gibraltar que opera en España bajo el régimen de la libre prestación de servicios, es decir, sin poseer un establecimiento en España- que le proporcionara cierta información. La UIF española estimaba, sobre la base de una serie de indicios, que existía un riesgo muy elevado de que Jyske estuviera siendo utilizada para operaciones de blanqueo de capitales en el marco de sus actividades desarrolladas en España. El mecanismo empleado con este fin era la creación en Gibraltar de estructuras societarias por las que se pretendía evitar que se pudiera conocer la identidad del propietario real de inmuebles adquiridos en España, esencialmente en la Costa del Sol, así como el origen de los fondos utilizados. En junio de 2007, Jyske transmitió una parte de la información solicitada, pero se negó a comunicar los datos relativos a la identidad de sus clientes y las copias de las operaciones sospechosas realizadas en España invocando la normativa sobre el secreto bancario aplicable en Gibraltar. Por tanto, el Consejo de Ministros, considerando que Jyske había incumplido las obligaciones de información que le imponía la legislación española, le impuso dos amonestaciones públicas y dos sanciones económicas por un importe total de 1.700.000 euros.

Jyske estima que la Directiva sólo le impone una obligación de informar a la UIF de Gibraltar y que, por tanto, la normativa española no es conforme con la Directiva. Este banco interpuso entonces un recurso ante el Tribunal Supremo, que decidió plantear una cuestión sobre esta materia al Tribunal de Justicia. En la sentencia dictada el 25 de abril pasado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que la Directiva no prohíbe expresamente la posibilidad de exigir que las entidades de crédito que ejercen sus actividades en España en libre prestación de servicios comuniquen directamente a la UIF española la información requerida a efectos de la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Por tanto, la Directiva no se opone, en principio, a la normativa española, siempre que tenga como finalidad reforzar, respetando el Derecho a la Unión, la eficacia de la lucha contra dichos delitos. Por tanto, tal normativa no puede comprometer los principios establecidos por la Directiva en relación con las obligaciones de información de las entidades sujetas a tales obligaciones, ni limitar la eficacia de las formas de cooperación y de intercambio de información existentes entre las UIF.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha analizado a continuación la compatibilidad de la normativa española con la libre prestación de servicios. El Tribunal considera que dicha normativa constituye una restricción a dicha libertad dado que entraña dificultades y costes adicionales. Además, dicha normativa puede acumularse a los controles ya efectuados en el Estado miembro en el que se encuentre situada la entidad de que trate, lo que puede disuadirla de dedicarse a dichas actividades.

A este respecto, el Tribunal de Justicia destaca que una normativa de este tipo permite a España supervisar el conjunto de las transacciones financieras realizadas en su territorio por las entidades de crédito, y ello con independencia de la forma en que éstas hayan decidido prestar sus servicios, lo que resulta una medida idónea para lograr, de manera efectiva y congruente, el objetivo perseguido.

El órgano jurisdiccional nacional deberá comprobar a continuación si dicha normativa se aplica de modo no discriminatorio y si es proporcionada, es decir, si es idónea para garantizar el cumplimiento del objetivo que persigue y no va más allá de lo necesario para alcanzarlo. Así, la normativa sería desproporcionada si el mecanismo de cooperación previsto entre las UIF de los diferentes Estados miembros ya permitiera a la UIF española obtener la información requerida a través de la UIF del Estado miembro en el que se encuentra situada la entidad de crédito. A este respecto, el Tribunal de Justicia destaca que el mecanismo de cooperación entre las UIF presenta ciertas lagunas. En particular, existen importantes excepciones a la obligación de la UIF requerida de transmitir a la UIF requirente la información solicitada. Además, el Tribunal insiste en que materia de lucha contra el blanqueo de capitales, la reacción de las autoridades debe ser lo más rápida posible, pero no se ha previsto un plazo de transmisión de la información ni sanciones en caso de negativa injustificada de la UIF requerida a transmitir la información solicitada.

¿Quiere leer la Sentencia? 

Punto de vista del Ministerio del Interior

El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, se ha referido hace unos días tanto a los actos de contrabando de tabaco que se registran en la frontera de Gibraltar como a las actividades de blanqueo de capitales que "se producen con sociedades construidas en el Peñón".  En cuanto a las primeras, el ministro del Interior ha subrayado que Gibraltar "importó el pasado año 140 millones de cajetillas de tabaco y es evidente que la población de la colonia, o los visitantes y turistas, no se fuman esa cantidad".  Asimismo, ha destacado que en 2012 fueron aprehendidas por la Guardia Civil más de 725.000 cajetillas de tabaco en la frontera de Gibraltar. 

Tras indicar que "está creciendo de manera exponencial este contrabando", el ministro del Interior ha explicado que en los siete primeros meses de este año han sido incautadas 625.248 cajetillas de tabaco, cantidad casi similar a la registrada en todo el año de 2012. Ante estos hechos, Fernández Díaz ha subrayado que es "evidente" que Gibraltar "no está actuando con lealtad" y en este contexto ha defendido que los controles en la frontera "tienen absoluta legitimidad".

En cuanto al blanqueo de capitales, el titular de Interior ha resaltado que la "inmensa mayoría" de las investigaciones "vinculadas con la corrupción o el crimen organizado a nivel nacional e internacional" realizadas por la Policía "acaban en Gibraltar con sociedades o cuentas constituidas y abiertas allí, aprovechándose del velo que oculta esas sociedades y que impide conocer quién es el último beneficiario".

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