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24/04/2024. 05:42:41

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La Fiscalía de Vizcaya pide 2 años de cárcel para los acusados en el ‘caso Kutxabank’

EP

Considera que los tres actuaron «de común acuerdo» y guiados por el «ánimo de causar un quebranto económico» a Kutxabank

Exterior de una cárcel

La Fiscalía Provincial de Vizcaya solicita una pena de dos años de prisión y 6.000 euros de multa para cada uno de los tres acusados en el denominado 'caso Kutxabank' -el expresidente del banco, Mario Fernández, el exdelegado del Gobierno central en el País Vasco, Mikel Cabieces, y el abogado Rafael Alcorta por un delito de administración desleal y falsedad en documento mercantil o, alternativamente, tres años de cárcel, para cada uno de ellos, por un delito continuado de apropiación indebida con falsedad en documento mercantil.

En su escrito de acusación, al que tuvo acceso Europa Press, el ministerio fiscal solicita la apertura de juicio oral por los pagos supuestamente irregulares, por importe de 243.592 euros, realizados por el banco a Cabieces.

La Audiencia Provincial de Bizkaia confirmó en un auto, fechado el pasado 30 de mayo, la apertura de juicio oral contra los tres, acusados de los delitos de administración desleal en concurso con apropiación indebida y falsedad documental y desestimaba, de esta manera, sus recursos de apelación.

En su escrito de acusación, la Fiscalía considera que los tres actuaron "de común acuerdo" y guiados por el "ánimo de causar un quebranto económico a Kutxabank". A su juicio, los citados hechos revisten la apariencia de un delito de administración desleal con un delito de falsedad en documento mercantil cometido por particulares o alternativamente un delito continuado de apropiación indebida con un delito de falsedad en documento mercantil cometido por particulares.

Por ello, solicita una pena de dos años de prisión y 6.000 euros de multa para cada uno de los tres acusados por un delito de administración desleal con un delito de falsedad en documento mercantil cometido por particulares o, alternativamente, tres años de cárcel, para cada uno de ellos, por un delito continuado de apropiación indebida con un delito de falsedad en documento mercantil cometido por particulares.

En ambos casos, solicita la inhabilitación especial durante el tiempo de condena para el desempeño del cargo de administrador o miembro del consejo de administración de sociedades mercantiles en el caso de Mario Fernández y para el ejercicio de la abogacía en el de los otros dos acusados.

En el caso de los delitos de administración desleal considera a Fernández autor y a Cabieces y Alcorta cooperadores necesarios, mientras que, en el resto, considera a todos autores. La Fiscalía precisa, en relación al expresidente del banco, que concurre la circunstancia atenuante de reparación del daño, ya que devolvió al banco, de su propio bolsillo, los pagos a Cabieces.

En su escrito, la Fiscalía precisa que en febrero de 2012 Fernández ordenó al director de Recursos Humanos, Fernando López de Eguilaz, que, durante un plazo de tres años, se abonara, con cargo a los fondos de la entidad, la cantidad mensual de 5.783 euros a Cabieces, quien acababa de concluir su función como delegado de Gobierno.

El ministerio fiscal afirma que, para la ejecución de "dicha decisión de beneficiar económicamente a un tercero, en detrimento del patrimonio de Kutxabank", se empleó una fórmula que "evitaba los procesos de contratación o selección habituales" establecidos en el banco y "el control".

Esa fórmula consistía en que la cantidad fuera entregada por medio del Alcorta, miembro del despacho Rafael Alcorta&Abogados, que tenía un contrato suscrito con Kutxabank. El letrado se encargaría de dar esa cuantía, mediante talón, a Cabieces, que emitía la correspondiente factura al despacho de abogados.

La Fiscalía indica que el objetivo "aparente de dicha liberalidad" fue plasmado en un escrito de 29 de febrero de 2012 y consistía en facilitar el reciclaje profesional de Cabieces para poder ejercer como abogado laboralista pero "garantizándole unos ingresos mensuales durante el periodo de tres años". El ministerio fiscal recuerda que Cabieces no ejercía como abogado laboralista, al menos, desde 1990.

En ese escrito, se recogían dos periodos diferenciados para ese "supuesto" proceso de formación que iba a pagar Kutxabank. El primero hasta el verano de 2012, en el que Alcorta y su equipo "guiaría" a Cabieces en cursos, conferencias o puesta al día en legislación y le permitiría llevar algún caso y el segundo, a partir de esa fecha, dándole trabajo del despacho para clientes que no fueran de Kutxabank o de empresas participadas.

En concreto, en el documento, que tenía "el visto bueno" de Fernández, que "autorizó con su firma" la realización de pagos, se precisa que "el único caso de trabajos para Kutxabank sería en temas sin visualización pública".

La Fiscalía afirma que Alcorta aceptó la forma ideada para "pagar de manera encubierta" esas cantidades a Cabieces, "prestándose a emplear su despacho de abogados a modo de pantalla para dichos pagos".

En concreto, precisa que, desde finales de marzo de 2012 hasta finales de octubre de 2014, emitió a Kutxabank 32 facturas en nombre de su bufete, y la cuantía incluía, además del importe de la minuta mensual de honorarios del despacho (7.800 euros más IVA), la suma mensual destinada para Cabieces (5.783 euros más IVA).

Por su parte, Cabieces emitió, entre marzo de 2012 y octubre de 2014, facturas a Rafael Alcorta&Abogados, en concepto de "prestación de servicios profesionales de colaboración y asesoramiento y en materia, prioritariamente jurídico-laboral", y cobró las cantidades correspondientes.

En su escrito de acusación, añade que, con la misma finalidad de causar un "perjuicio económico" a Kutxabank, el 10 de noviembre de 2014, Alcorta, "a sabiendas de su mendacidad y actuando en connivencia" con Fernández y Cabieces, emitió en nombre de su despacho a Kutxabank un factura por 29.078 euros en concepto de "minuta de honorarios correspondiente a las actividades de asesoramiento relativas al proceso de negociación sobre la transacción judicial de la sentencia de la Audiencia Nacional ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo".

La Fiscalía asegura que el concepto de esa factura no se correspondía con la realidad, porque, además de realizarse "al margen de la ya mencionada 'iguala' mensual y facturar por servicios ya retribuidos, "enmascaraba" el abono por adelantado de cuatro mensualidades destinadas a Cabieces y correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2014 y enero y febrero de 2015 más gastos de 900 euros.

Esos 29.078 euros fueron ingresados en la cuenta del despacho de abogados y, con ello, Mario Fernández "daba por concluido anticipadamente el compromiso de pago que había asumido con Cabieces, a costa del patrimonio de la entidad, dando su visto bueno a la factura".

La Fiscalía añade que Cabieces, conocedor de la finalización del citado compromiso, cinco días antes de la factura anterior, emitió y presentó al despacho una factura por 23.132 euros.

Según indica, durante el cambio de presidencia en Kutxabank, estos hechos fueron puestos de manifiesto a la entidad y, tras ser comprobados por los servicios de auditoría interna, se acordó denunciarlos a la fiscalía. La cantidad determinada por Kutxabank como perjuicio se fijó en 243.592,02 euros.

El ministerio fiscal afirma que, de manera simultánea a la percepción de esos "pagos encubiertos", entre el 1 de marzo de 2012 y el 28 de febrero de 2015, Cabieces estuvo cobrando 5.000 euros mensuales procedentes de Iberdrola.

En el escrito, solicita como prueba el interrogatorio de los acusados y que se citen como testigos, entre otros, al director de Recursos Humanos, Fernando López de Eguiluz, al exdirector general corporativo de Kutxabank, Ignacio Sánchez-Asiain, además de a Joseba Barrena, Diego Ricondo, Roberto Moll Ochoa, María Victoria Mendia, José Miguel Aramburu, Eduardo Arana, Ana Méndez y Juan Carlos Server.

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