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29/03/2024. 13:10:17

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La legislación sale en busca de dinero y transparencia

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Se prepara un Decreto bancario para el Consejo de Ministros de la segunda quincena de agosto.

Las tensiones económicas que estos días se están viviendo en la bolsa y el mercado de deuda están contagiando a la legislación. Se trata de que el dinero circule, pero por el cauce correcto…es decir, generando consumo y recaudación tributaria. Una norma de la semana pasada y otra que vendrá seguramente el 19 de agosto van a por ello.

Monedas y agua.

Se busca dinero. Recientemente se han puesto en circulación seis nuevas referencias en el mercado doméstico:

  • un Bono del Estado a tres años (cupón del 2,50 por 100),
  • dos Bonos del Estado a cinco años (cupón 3,00 por 100 y cupón 3,25 por 100),
  • dos Obligaciones del Estado a diez años (en enero con cupón 4,00 por 100 y en julio con cupón 4,85 por 100), y
  • una nueva Obligación del Estado a quince años (en febrero con cupón 4,65 por 100).

Además, el último Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de Desarrollo de las Normas Comunes de los Procedimientos de Aplicación de los Tributos. La nueva norma simplifica las obligaciones formales de índole tributaria a cumplir por los intermediarios financieros en relación a los no residentes que inviertan en instrumentos de renta fija, dado que no son contribuyentes en España ni del IRPF, ni del Impuesto sobre Sociedades, ni del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes.

El objetivo principal de esta modificación es adaptar la normativa española en este ámbito a la de los países de nuestro entorno, ya que el mantenimiento de la normativa actual podría discriminar negativamente las emisiones españolas al exigirse el cumplimiento de obligaciones formales que no existen en otros países, como Reino Unido, Francia y Alemania.

Decreto que mira a la banca

Se está preparando un Decreto que obligará a las entidades a ofrecer una información específica y clara acerca de los servicios que ofrecen; incluyendo préstamos hipotecarios, comisiones por servicios, intereses, etc. 

Los bancos tendrán que dar información periódica y puntual  sobre los tipos de interés que aplican a los servicios financieros, tanto en créditos como en depósitos, adaptándose a un formato modelo del Banco de España.

Los bancos sólo podrán cobrar, según parece, por servicios que hayan sido expresamente solicitados o aceptados en firme por el cliente.

Los gastos tendrán que tener indicados su periodicidad e importe exacto.

También se presta atención a la publicidad, en la que los mensajes al consumidor/cliente tendrán que estar objetivados, aportando información precisa de qué se está publicitando.

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