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28/03/2024. 10:58:15

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La Ley General de Telecomunicaciones ha entrado en agenda parlamentaria para ser aprobada antes de que termine el año

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La Comisión de Industria, Energía y Turismo actuará con competencia legislativa plena. Se modifica la normativa de 2003. El texto corta de raíz los impuestos que hacían pagar los ayuntamientos a las antenas de telefonía móvil.

La nueva norma que regulará las telecomunicaciones en España apuesta por un marco regulatorio estable que elimine las barreras burocráticas, por recuperar la Unidad de Mercado, por la simplificación de las cargas fiscales para las empresas y por la eliminación o revisión de determinadas licencias sustituyéndolas por declaraciones de responsabilidad.

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La nueva Ley General de Telecomunicaciones facilitará, al simplificar el régimen y eliminar tasas y trabas municipales, el despliegue de nuevas infraestructuras de telecomunicaciones y que los ciudadanos se beneficien de precios más competitivos. La normativa, que modifica la vigente desde 2003, esttructura un nuevo marco jurídico que permitirá que los operadores puedan desplegar redes y prestar servicios más fácilmente, lo cual redundará mejorará tanto los servicios a los ciudadanos como los precios a los que se les ofrecen.

Para alcanzar estos objetivos se impulsará la competencia, se recuperará la unidad de mercado y se pondrá freno a la dispersión normativa existente entre las distintas administraciones, se simplificarán los procedimientos administrativos estatales para acceder al uso del espectro radioeléctrico y se pondrán a disposición de los operadores los recursos necesarios para facilitar el despliegue de redes.

El texto buscará que se llegue realmente a un mercado único, fin para el que  simplificará los requisitos que existían para desplegar una infraestructura, tanto fiscales como urbanísticas; como de capacidad de penetración de los entes locales en la instalación de elementos como antenas de telefonía. En este sentido, una sentencia reciente del Tribunal Supremo anuló el canon del 1,5% sobre los ingresos de las compañías que varios ayuntamientos crearon para las antenas de telefonía móvil puestas en zona pública. Por ello, el texto establece un régimen fiscal con un sistema de liquidación centralizado que obligaría a que cualquier tributo que tenga que pagar operadora por una parte a una administración autonómica o local tenga que ser previamente aprobada por el Gobierno central.

Principales modificaciones respecto a la Ley de 2003

La consecución de los objetivos de la nueva Ley General de Telecomunicaciones se lleva a cabo a través de los siguientes cambios:

  • Impulso a la competencia y mejora de los servicios a los usuarios. Para ello se realizarán, de forma periódica análisis de los distintos mercados, lo que permitirá fijar en cada uno de ellos unas obligaciones específicas y unas condiciones de competencia más adecuadas a la situación real del mercado.
  • Se mejoran los derechos de los usuarios de telecomunicaciones relacionados con la protección de datos de carácter personal y la privacidad de las personas.
  • Se precisa el régimen sancionador y se facilita el cumplimento de las obligaciones de los operadores manteniendo los derechos de los usuarios.
  • Se simplifica la actuación de las Administraciones Públicas en la explotación de redes y provisión de servicios de telecomunicaciones.
  • Se crea una Comisión Interministerial sobre radiofrecuencias y salud para aumentar la confianza en la seguridad medioambiental.
  • Se refuerza la potestad inspectora y sancionadora por parte de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información.
  • Se recupera la unidad de mercado, de manera que los operadores de telecomunicaciones desarrollen su actividad en un contexto de reglas únicas en la toda la geografía española. Mediante esta actuación se complementa y refuerza la ley de garantía de unidad de mercado desde la legislación sectorial. Como principales medidas:
    • Se diseñan nuevos mecanismos de coordinación y colaboración del Estado con las CCAA y    las Entidades Locales para que se facilite el despliegue de redes de telecomunicaciones.
    • Se establecen requisitos técnicos comunes para el despliegue de redes, así como límites máximos únicos de emisión y exposición a campos electromagnéticos en todo el territorio  nacional.
    • Simplificación administrativa: se eliminarán las barreras normativas que las distintas Administraciones imponen al despliegue de redes y la prestación de servicios de telecomunicaciones.
    • Se simplifican los procedimientos administrativos estatales para acceder al uso del espectro radioeléctrico.  
    • Se suprimen las licencias urbanísticas y medioambientales para el despliegue de redes de telecomunicaciones en dominio privado. Las licencias serán sustituidas por declaraciones  responsables.
  • Se facilita el despliegue de redes reduciendo los costes de manera que los operadores puedan ampliar la cobertura de sus redes y dispongan de mayor margen para trasladar a los precios finales dicha reducción de costes.
  • Se facilitará el despliegue de las redes fijas de telecomunicación en los edificios y se garantizará el derecho de cualquier usuario a poder acceder a las redes ultrarrápidas, lo que implica que si un residente desea contratar servicios de redes ultrarrápidas, la comunidad de vecinos deberá permitir el despliegue necesario para proporcionar ese servicio. 

Para desplegar las nuevas redes de telecomunicación, los operadores podrán reutilizar las canalizaciones, conductos y emplazamientos de titularidad pública o de otras redes de operadores privados.

Otras modificaciones

La nueva Ley refuerza el control del dominio público radioeléctrico y modifica otros textos legales como la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico introduciendo precisiones sobre las cookies. En este apartado, se clarifican las obligaciones y los responsables de su correcta gestión, como por ejemplo las redes publicitarias o agencias que no hubieran adoptado medidas para exigir del editor o prestador del servicio el cumplimiento de los deberes de información y la obtención del consentimiento del usuario. 

El texto cambia a su vez la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica de forma que los certificados reconocidos utilizados en el DNI electrónico pasan a tener una duración de 5 años, y no de 2 años como hasta ahora.

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