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29/03/2024. 12:54:50

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La ley prohibirá recalificaciones de suelos durante el proceso de planificación de una carretera

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Veto a la especulación inmobiliaria inspirada en futuros trazados de vías: el Proyecto de Ley de Carreteras, que fue aprobado en el Consejo de Ministros del pasado vienes se detiene en una de las prácticas estrella de las corruptelas urbanísticas de los últimos tiempos. La norma veta los eventuales procesos recalificadores de los terrenos circundantes a las carreteras que surjan mientras que se planifica una nueva vía. La nueva ley incrementa, además, la competencia en la concesión de las áreas de servicio y limita la publicidad a los tramos urbanos, estableciendo multas para las desobediencias tras que una entidad administrativa ordene la retirada de un anuncio.

Soraya Sáenz de Santamaría y Ana Pastor

Tal y como remarcó la ministra de Fomento, Ana Pastor, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Ejecutivo del pasado viernes, la nueva Ley de Carreteras suspenderá cautelarmente las recalificaciones urbanísticas que puedan afectar a la planificación viaria. Se trata de "evitar actuaciones especulativas", según la responsable. Además, se declarará la nulidad de pleno derecho de las decisiones urbanísticas adoptadas al margen de las necesidades de trazado vial. La ley aprobada en Consejo de Ministros prohíbe que haya tres áreas de servicio o gasolineras seguidas de la misma compañía o del mismo propietario. Las vallas publicitarias, que deberán retirarse diligentemente a solicitud administrativa, podrán estar presente sólo en zonas urbanas.

En la tasación de los terrenos que hayan de ser expropiados con motivo de diseño de trazado de las vías, tanto si estuvieran previstas por la ordenación territorial y urbanística, como si fueran de nueva creación, se tendrá en cuenta el estado básico de los terrenos en que se sitúen, o por los que discurran, de conformidad con lo dispuesto en la normativa estatal de suelo. En ningún caso se considerarán las plusvalías que sean consecuencia directa del plan o proyecto de obras que den lugar a la expropiación y las previsibles para el futuro.

No podrá haber tres áreas de servicio o gasolineras seguidas de la misma compañía

La adjudicación de las concesiones de áreas de servicio en la que, de acuerdo con la normativa vigente en materia de carreteras, haya surtidores de combustible, no podrá realizarse en favor del mismo operador al por mayor o de un operador del mismo grupo empresarial que el que suministre en exclusiva a las estaciones de servicio inmediatamente anterior y posterior, en el mismo sentido de circulación. En definitiva, no podrá haber tres áreas de servicio o gasolineras seguidas de la misma energética o del mismo propietario o grupo empresarial.

Independientemente de las áreas de servicio promovidas por el Ministerio de Fomento, cualquier interesado podrá solicitar que se le conceda un área de servicio. La admisión a trámite será resuelta en el plazo máximo de un mes y sólo podrá ser denegada si el área no cumpliera los requisitos técnicos y de seguridad establecidos por la normativa aplicable.

Cuando se trate de conceder la explotación de áreas de servicio ya construidas, el importe del canon anual, que será fijado en las bases del correspondiente procedimiento  del contrato concesional, no podrá ser inferior al 4% del valor de dichas áreas.

Publicidad en las carreteras

La ley limita a los tramos urbanos las zonas en donde pueden instalarse carteles y reclamos publicitarios, por razones medioambientales y de seguridad viaria. Además, se faculta al personal al servicio de las carreteras para la retirada inmediata de elementos no autorizados dentro del dominio público de la carretera o en equipamientos de la misma.

Será infracción muy grave, con multa de 15.001 a 300.000 euros, establecer cualquier tipo de publicidad prohibida en el caso de que no se hubieran restituido las zonas a su estado anterior a la infracción cometida, o no retirar carteles informativos o elementos publicitarios cuando los titulares fueran requeridos para ello.

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