LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

19/04/2024. 23:53:47

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

NUEVO ATAJO DE HACIENDA DESDE EL UNO DE FEBRERO PARA EMPUJAR A REGULARIZAR BIENES

La nueva obligación de declarar los bienes en el extranjero levanta gran recelo entre los contribuyentes con altas rentas

Legal Today

El 1 de febrero entró en vigor ella medida incluida en la nueva ley contra el fraude fiscal. El Secretario de Estado de Hacienda ha recalcado que la declaración tributaria especial ("amnistía fiscal") presentada por una sociedad no tiene efectos sobre sus socios o administradores.

El día 1 de febrero entró en vigor la Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo 720, declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, a que se refiere la disposición adicional decimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.

Contenido de una carpeta aumentado con una lupa

El formulario que el propietario de los bienes tiene que enviar a la Agencia Tributaria no implica el pago de más impuestos, al ser sólo una declaración informativa. Incumplir la obligación, sin embargo, implica la imprescriptibilidad de las rentas ocultas. Hacienda de este modo trata de evitar los efectos de la legislación actual, que únicamente le permite reclamar los intereses por ejemplo de cuentas bancarias de los últimos cuatro años, pero no el capital total.

El Secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, ha destacado  los nuevos instrumentos con que cuenta la Agencia Tributaria para la lucha contra el fraude fiscal, en especial la nueva obligación que tienen los contribuyentes de declarar los activos y bienes situados en el extranjero. "La nueva obligación servirá para tener una imagen veraz y exhaustiva del patrimonio de un contribuyente en el exterior", dijo hoy en la inauguración de unas jornadas sobre novedades fiscales de 2013, organizada por la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD) y PwC.

En esta línea, Ferré destacó que la obligación de declaración de estos bienes, que está efectiva desde el 1 de febrero, "contribuirá a elevar las bases imponibles y con ello a recaudar más". Precisamente, el modelo de declaración 720 de la Agencia Tributaria ya está disponible a tal efecto, con un plazo de presentación que expira el 30 de abril.

El Secretario de Estado destacó otras medidas incluidas en la nueva ley antifraude para luchar contra los incumplimientos tributarios y garantizar el cobro de deudas como la ampliación de los embargos preventivos o la inversión del sujeto pasivo en el IVA en ciertos supuestos.

Mejora de la actividad económica

Ferre recalcó también otras novedades tributarias aprobadas para mejorar la actividad económica y financiera como la actualización voluntaria de los balances empresariales o el nuevo régimen fiscal de las sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (SOCIMI). La inversión por medio de las SOCIMIs: la traslación de los Real Estate Investment Trusts al mercado inmobiliario español 

Por otro lado, el Secretario de Estado destacó el cumplimiento de los objetivos de ingresos tributarios para 2012. En esta línea, reiteró que el Gobierno seguirá trabajando para ensanchar las bases imponibles, contribuyendo a los objetivos de reducción del déficit público, y sin renunciar a bajar los tipos nominales de los impuestos, en referencia al IRPF. Ferre añadió que, de cara a este año, el mayor ajuste fiscal corresponde a la parte de los gastos, absorbiendo en torno al 60% del mismo.

En relación a la declaración tributaria especial, cuyo plazo finalizó el pasado 30 de noviembre, Ferre recalcó que si ésta fue presentada por una sociedad, no tiene efectos sobre los socios o administradores de la misma. "Los efectos de esa declaración sólo le sirven al sujeto pasivo, en su caso una empresa, mientras que a sus socios y administradores no les sirve de nada", dijo. Hacienda insiste en que la amnistía no funcionaba con procedimiento de regularización tributaria previo administrativo o judicial 

¿Quiere leer la Orden de Hacienda? 

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.