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28/03/2024. 14:56:15

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La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual corregida irá a Consejo de Ministros previsiblemente el día 17

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La Secretaría de Estado de Cultura estaría adaptando el texto al informe del Consejo de Estado que cuestiona el nuevo modelo de compensación de copia privada y las entidades de gestión. La Comisión Nacional de la Competencia cuestionó en septiembre la mayor parte de la futura reforma de la Ley de Propiedad Intelectual

La Ley de modificación del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para reforzar la protección de los derechos de propiedad intelectual, que estaba previsto tener aprobada en forma de Anteproyecto antes de fin de 2013 pasa a mediados de este mes de enero, en parte para limar aspectos de acuerdo al informe del Consejo de Estado y de la Comisión Nacional de la competencia que cuestionan puntos esenciales de la reforma, como el régimen de la copia privada o el tratamiento de las entidades de gestión de la Propiedad Intelectual (tipo SGAE), «nuevos agentes con ánimo de lucro» según el informe del Consejo de Estado.

Consejo de Ministros

La esencia de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que José María Lassalle ha señalado que quedará aprobada este año es el cerco a las páginas de descargas.

Con el expresado propósito, la Ley recoge tres bloques esenciales de medidas:

  • Revisión del sistema de copia privada.
  • Diseño de mecanismos eficaces de supervisión de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual.
  • Fortalecimiento de los instrumentos de reacción frente a las vulneraciones de derechos en el entorno digital.

Viene a dotarse de carta de naturaleza al sistema de financiación de la compensación equitativa por copia privada elegido por el Gobierno español a raíz de la Sentencia de 21 de octubre de 2010 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el caso "Padawan". ¿Quiere conocer esta sentencia?

Asimismo, mediante esta reforma del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, se procede a la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2011/77/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2011, por la que se modifica la Directiva 2006/116/CE relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines.

Comisión Nacional de la Competencia

Para la Comisión Nacional de la Competencia, "en líneas generales, sin perjuicio de que algún aspecto puntual pueda valorarse positivamente, como el establecimiento de obligaciones de transparencia sobre los repertorios gestionados por las entidades de gestión y la objetivación de los criterios a los que deben ajustarse las tarifas, el texto sometido a informe adolece de importantes carencias".

En primer lugar, para la Comisión Nacional de la Competencia el Anteproyecto "es una modificación excesivamente parcial de una materia que exigiría una reforma integral, en concordancia con lo planteado en la MAIN como necesidad para el sector, en la medida en que, en la actualidad, no es un marco legal suficientemente claro ni garantista del mantenimiento de la competencia efectiva, sobre todo en lo referente al modelo propuesto de entidades de gestión".

Consejo de Estado

El Consejo de Estado ha informado en el pasado mes de diciembre que el texto "puede situar a un importante número de ciudadanos ante una situación en la práctica de ilicitud", "situación que no se acompaña de las suficientes medidas dirigidas a evitarla", criticando la indeterminación jurídica de determinadas expresiones usadas en el texto del Anteproyecto que se quería llevar ese mismo mes a Consejo de Ministros.

El Consejo de Estado considera que debe revisarse la configuración que el anteproyecto hace de la copia privada, donde "deben extremarse las cautelas en la definición del límite de copia privada y en la correlativa implantación del sistema", donde el órgano del Estado ve posibles fallas en la "equidad de su configuración presupuestaria" si el montante económico no llega a lo establecido por el derecho europeo".

Acerca de la regulación que el Anteproyecto lleva a cabo de las entidades de gestión, el Consejo de Estado considera que hay "falta de coherencia con la directiva europea", al crear una figura de operadores para la gestión de derechos que no resultan ni en la Exposición de Motivos ni en la memoria. El régimen de este "nuevo agente con ánimo de lucro" debería tener un régimen "claro y de perfiles definidos".

Sobre el informe emitido por el Consejo de Estado, el Ministro Wert resaltó el pasado mes de diciembre que "el dictamen no contiene observaciones de carácter esencial, es decir, no pone en cuestión desde el punto de vista jurídico ni la constitucionalidad del enfoque adoptado, ni la orientación de la mayor parte de las medidas".

José Ignacio Wert ha indicado que el Ministerio está realizando un "detallado análisis" de las de las observaciones realizadas por este órgano consultivo del Gobierno y "tendrá en cuenta varias de las mismas".

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