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29/03/2024. 02:28:52

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La Sala segunda del TS se reunirá próximamente para estudiar si puede mantener la “doctrina Parot” en algunos casos y con matices

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El fiscal coordinador de víctimas de la Audiencia Nacional, Fernando Burgos, ha matizado que la Sentencia del TEDH "no es un zafarrancho" de liberación de presos, sino que se ciñe "a una persona y circunstancias concretas".

El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Francisco Monterde, que fue el ponente de la votación que en 2006 aprobó la “doctrina Parot”, recientemente anulada por Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, ha manifestado que la Sala se reunirá en pleno “en unos días” “para ver si la doctrina Parot ha sido completamente derogada por el tribunal europeo o si se puede mantener con matizaciones procedentes del Tribunal Constitucional” aunque ahora mismo “no cabe más que acatar la resolución”.

Fachada del Tribunal Supremo

Francisco Monterde, Magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, ha afirmado, frente al fallo del TEDH que concede la libertad a Inés del Río y a Píriz López, que si bien "España ha suscrito el convenio europeo, que tiene carácter obligatorio y hay que acatarlo", el Tribunal Constitucional defiende que, ante posibles nuevos casos, hay que "examinar y resolver cada uno por separado". 

Estrasburgo tumba la ‘Doctrina Parot'

La "doctrina Parot" está basada en una sentencia del Tribunal Supremo del año 2006 (STS 197/2006, de 28 de febrero), corroborada posteriormente por el Tribunal Constitucional (SSTC 39/2012, 40/2012 y 58/2012), en la que se establecía que las redenciones de penas han aplicarse no al tiempo máximo de cumplimiento efectivo, sino a cada una de las condenas individualmente.

Por ello, y en su aplicación, extinguida una pena, se empieza a aplicar a la siguiente hasta completar 30 años.

Monterde, que fue uno de los miembros de la sala que votó a favor de la doctrina Parot que se aprobó en 2006, ha reconocido que, "en el momento actual, no podría aventurarme a decir cuál es la solución", puesto que ha anunciado que "posiblemente, dentro de unos días" vuelva a reunirse el Alto Tribunal "a valorar el asunto por cuestiones que han quedado pendientes".

Asimismo, ha expresado que "si bien se ha criticado mucho la premura para resolver la libertad de la presa concernida en este caso, todos los temas penales con prisión se tramitan con celeridad; de hecho, en la Sala Segunda del Tribunal Supremo llevamos siempre un turno especial de los asuntos con presos". Todo esto se ha declarado en la jornada "Los derechos fundamentales en los procesos de finalización del terrorismo: la posición jurídica de las víctimas del terrorismo", organizada por la Fundación Profesor Manuel Broseta y la Facultad de Derecho de la UCV, con la ponencia "La lucha contra la impunidad: la labor de la Fiscalía de la Audiencia Nacional".

Del mismo modo, el magistrado ha detallado que "el Tribunal Constitucional partió de los casos en los que había una liquidación de condena y entonces ya había un fallo por parte de un tribunal fijando cuándo debe salir una persona de la cárcel y allí sí que reconocía en esos casos una especie de derechos consolidados que se deberían respetar y en unos casos se ha producido y en otros, no". "Esa es la diferencia y por eso el Tribunal Constitucional viene a defender que hay que examinar y resolver caso por caso", ha añadido.

Fernando Burgos, Fiscal Coordinador de Víctimas de la Audiencia Nacional, ha valorado en la misma jornada el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos respecto a la condena de la etarra Inés del Río, que pide la excarcelación de la terrorista y considera que España vulneró el artículo 5.1 (Derecho a la libertad y a la seguridad) y el artículo 7 (No hay pena sin ley) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Burgos ha afirmado que "la sentencia debe cumplirse", aunque, ante posibles nuevos casos, "habría que ver uno por uno". "La idea que se debe desterrar es que esto es un zafarrancho, ya que esta sentencia se refiere a una persona que tiene una condena y unas circunstancias concretas. Cada uno de los demás condenados que pudieran beneficiarse de la doctrina establecida en la sentencia del TEDH tendrá sus propias condiciones", ha aseverado.

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