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25/04/2024. 03:05:16

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Las entidades de gestión podrán intervenir en las ayudas del Plan MOVEA

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La última mesa interministerial aprobó un Real Decreto que tiene por objeto la modificación puntual de otro Real Decreto del pasado 27 de noviembre de 2015 que regulaba la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos de energías alternativas y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2016 (MOVEA).

Isabel García Tejerina

La modificación aprobada el viernes por el Ejecutivo trata de ajustar la regulación de las entidades colaboradoras en la gestión de este tipo de ayudas al marco de la Ley General de Subvenciones, fomentando así la participación de las mismas en el programa.

La nueva norma permitirá que se incentive la intervención de posibles entidades en la gestión de estas ayudas. Ello no estaba previsto inicialmente el Real Decreto del 27 de noviembre de 2015 y que ha supuesto las iniciativas de colaboración por parte de entidades que pudieran estar interesadas en esta actividad. La modificación concreta que ahora se aprueba no tiene ningún impacto económico general ya que, para atender la compensación económica a estas entidades colaboradoras, el presupuesto de 2016 de la Dirección General de Industria y de la PYME ya prevé una dotación de cuatrocientos mil euros.

Plan MOVEA

El Plan MOVEA tiene por objetivo fomentar la sostenibilidad, disminuir las emisiones y diversificar las fuentes energéticas en el sector del transporte, reduciendo la dependencia energética del petróleo. Tiene un presupuesto de 16,6 millones de euros para el año 2016.

Artículo único

El Real Decreto, que fue publicado en el BOE un día después de su aprobación y que ya se encuentra en vigor, se estructura en un único artículo que, de forma literal, establece:

Artículo único. Modificación del Real Decreto 1078/2015, de 27 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2016, MOVEA.

El artículo 9.1 del Real Decreto 1078/2015, de 27 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2016, MOVEA, queda redactado como sigue:

«1. Para la gestión de las subvenciones podrá intervenir una entidad colaboradora que deberá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La entidad colaboradora deberá cumplir las obligaciones y desempeñar las funciones previstas en el artículo 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y será seleccionada con observancia a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En caso de seleccionar entidad colaboradora, podrán actuar como tal únicamente las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles estatales.»

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